El Ayuntamiento de la Selva podría anular las licencias de obras y actividad del supermercado Consumo
La Comisión Jurídica de la Generalitat ha informado favorablemente a la revisión de los permisos de que se otorgaron en el 2013
La Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat ha acordado informar favorablemente a la revisión de oficio, instruida por el Ayuntamiento de la Selva del Camp, y lo cual pretende declarar la nulidad de la licencia de obras otorgada, el año 2013, para la construcción del supermercado Consumo en una nave propiedad de la cooperativa agrícola. En la misma instrucción también estaría afectada de suspensión la resolución que, en noviembre de 2013 firmó el entonces alcalde de la localidad, Josep Maria Puig, y en la cual «se daba por enterado del inicio de la actividad como supermercado» y su inscripción al Registro municipal de actividades.
La revisión de la licencia de obras se pidió en mayo de 2016 por parte de un representante de Establecimientos Vilalta, SL. En esta petición se reclamaba la nulidad de las licencias de obras y actividad al considerar que se habían incumplido varios requerimientos legales y se pide la suspensión de la actividad del supermercado Consumo. Desde el ayuntamiento se pidieron informes a la Comisión territorial de Urbanismo de la Generalitat y al arquitecto municipal para determinar la situación de las licencias que se denunciaban.
De acuerdo con estos informes, en enero de 2017, el secretario municipal emitió una propuesta de resolución que indicaba que las licencias se habían otorgado de acuerdo con los procedimientos legalmente previstos. Teniendo en cuenta esta propuesta, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento 'selvatà' emitió, el 10 de enero de 2017, una resolución desfavorable a la revisión de oficio del otorgamiento de las licencias. Con todo, se acordó suspender el plazo de resolución del procedimiento hasta la emisión de un dictamen de la Comisión Jurídica Asesora. Este dictamen se solicitó el 27 de febrero desde la Dirección General de Administración Local.
Finalmente, el 7 de diciembre de 2017, la Comisión emitió su dictamen, en el cual se indica que, «se informa favorablemente sobre la revisión de oficio instruida por el Ayuntamiento de la Selva del Camp». De hecho, para poder emitir esta resolución, la Comisión justifica si realmente se pueden considerar como nulas las licencias. En el caso de la resolución de la licencia de obras, realizada por el concejal delegado de Urbanismo de la Selva el 23 de enero de 2013, la Comisión Jurídica considera que es nula de pleno derecho. En su argumentación recuerda que la nave afectada sólo admitía un uso comercial y de almacén con carácter provisional de acuerdo con la consideración urbanística de los terrenos, propiedad de Coselva.
En el caso de la licencia de actividad, la Comisión Jurídica también considera que esta puede declararse nula por el hecho de que, en realidad, su ejecución depende de la existencia de la licencia de obras previa.