Archivada la denuncia contra 14 personas por arrancar lazos en la Ribera d'Ebre y Baix Camp
El juzgado de Falset sostiene que no contribuyen los elementos necesarios para acusarlos de los delitos de daños al mobiliario urbano y hurto
El juzgado número 1 de Falset ha archivado las diligencias abiertas contra las 14 personas que la madrugada del 17 de agosto fueron identificadas por los Mossos D'Esquadra por arrancar lazos amarillos y símbolos independentistas en varias poblaciones de la Ribera d'Ebre y el Baix Camp. Además, cuatro particulares presentaron denuncia contra el grupo, entre los cuales había un agente de la Guardia Civil. En el auto, sin embargo, el juzgado considera que no contribuyen los elementos integrantes de los delitos de daños en el mobiliario urbano y hurto de que los acusaba la policía catalana. En este sentido, en la resolución el juez subraya que las personas que retiran «símbolos políticos» actúan «con finalidades muy diferentes a la obtención de un beneficio o ventaja económica», un elemento que resulta básico, dice, para la apreciación del delito de hurto. Además, el juzgado relativiza los daños denunciados -un arañazo en un cartel de ‘Municipi de la República Catalana’ y el corte de las cuerdas donde se izaba una estelada- y afirma que, en todo caso, pueden suponer una infracción de la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana, cuya aplicación no corresponde al juzgado.
Las identificaciones se produjeron la madrugada del 17 de agosto y, seis días más tarde, los Mossos D'Esquadra entregaron al juzgado de Falset un atestado donde 14 personas constaban como denunciadas por un presunto delito de hurto y daños. El atestado se instruyó a raíz de la actuación de los agentes y recogía también las denuncias de cuatro particulares.
En concreto, se denunciaba el hurto de una bandera estelada colgada en el palo ubicado delante del pabellón ferial del Móra la Nova -valorada en 126 euros; de dos pancartas, una con la leyenda ‘Llibertat presos polítics’ y otra con la representación de una boca tapada, ubicadas en la fachada del consistorio; de una bandera estelada colgada en un palo de propiedad privada ubicado en el paseo de Sant Isidre de Tivissa -valorada en 122 euros; y de dos pancartas, tres lazos amarillos de plástico y estandartes situados en la población de Vandellòs -valorados en 110 euros. Igualmente, se denunciaron los daños ocasionados en el cartel ubicado en la entrada de Móra la Nova de ‘Municipi de la República Catalana’, así como el corte efectuado en el sistema de cuerdas del palo situado en el pabellón ferial.
El juzgado considera que no concurren los elementos integrantes de los delitos imputados y concluye que «resulta evidente la total ausencia del ánimo de lucro en relación con el delito de hurto imputado». Según el auto, es «de público conocimiento la existencia de grupos de personas que, en el marco de la situación política existente a Cataluña, estarían colocando y sacando varios signos y símbolos políticos que, si bien pueden ser de propiedad particular de personas o entidades concretas, abren con finalidades muy diferentes a la obtención de un beneficio o ventaja económica, elemento intencional del delito que resulta básico para su apreciación».
Por otra parte, en relación con el delito leve de daños imputado, el juzgado dice que hace falta tener en cuenta que los daños denunciados «son unos arañazos efectuados sobre el cartel ubicado en la entrada de Móra la Nova, así como el corte en las cuerdas del palo donde se encontraba izada una de los banderas esteladas sustraídas». El juez sostiene que «los daños constitutivos de delito son, según reiterada jurisprudencia, aquellos que implican la destrucción parcial o total o la inutilización con pérdida de eficacia, productividad o rentabilidad».
«Teniendo eso en cuenta y observando las fotografías incorporadas al atestado, no se observa destrucción o inutilización del bien, por lo que no existe ningún delito de daño, sin perjuicio que el posible deslucimiento de bienes pueda, en su caso, situarse dentro de las infracciones de la ley 4/2015 de Protección de Seguridad Ciudadana, cuya aplicación no corresponde al juzgado», añade el magistrado.
A criterio del juez, «no aparece debidamente justificada la perpetración de los delitos que han dado motivo a la formación de la causa, siempre que no concurren la totalidad de los elementos objetivos y subjetivos que integran los tipos penales». Según el auto, además, en el propio relato de hechos contenido al atestado «no aparece lo bastante constatada la comisión de la infracción penal que es objeto de la misma» y, por eso, dice, «hay que dictar el sobreseimiento y el archivo de las actuaciones sin necesidad de iniciar la instrucción penal». La resolución, dictada el 28 de agosto, no es firme y se puede interponer un recurso de reforma o subsidiario de apelación.
El grupo fue interceptado de madrugada
Los Mossos D'Esquadra fueron alertados, hacia las dos de la madrugada del 17 de agosto, de que en Móra la Nova había un grupo que descolgaba lazos amarillos, símbolos independentistas y carteles que piden la liberación de los «presos políticos». Al desplazarse hasta el lugar los agentes encontraron dos vehículos y pararon a uno, donde iban cuatro personas que llevaban cutters, ganchos, frontales, ropa oscura, pañuelos y un mapa con pueblos del entorno marcados con varios recorridos. Entre ellos, Vandellòs y Tivissa.
Delante de eso, los agentes se dirigieron a Tivissa, donde identificaron a ocho personas más que también retiraban lazos con dos vehículos más. Entre los identificados había un agente de la Guardia Civil. Según fuentes policiales, se decomisó el material y se abrieron diligencias por si alguien denunciaba daños, tal como sucedió posteriormente. Según la policía, no se produjo ninguna confrontación entre este grupo de individuos y los vecinos de los municipios afectados.