Diari Més

Caso Castor

El Supremo reitera que los consumidores no tienen que pagar los gastos del Castor

La sentencia va en la misma línea que la expresada la semana pasada para una demanda de la patronal Cecot

Plataforma marítima del proyecto Castor, delante de la costa del Sénia. Imagen de archivo.

El Observatorio de la Deuda de la Globalización recorrerá el archivo de la querella del Castor contra exministros y empresarioACN

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El Tribunal Supremo ha reiterado que los consumidores no tienen que pagar los gastos generados por la planta de almacenamiento de gas Castor correspondientes al 2015 en una sentencia para una demanda interpuesta por el Gobierno de la Generalitat. El alto tribunal obliga, así, a devolver cerca de 18 millones de euros a los usuarios. El mismo tribunal ya expresó la semana pasada una sentencia en este sentido para una demanda interpuesta por la patronal catalana Cecot. Además, desde el Gobierno se acuerda de que en diciembre de 2017 el Tribunal Constitucional (TC) también estimó un recurso en la misma línea presentado por la Generalitat. El ejecutivo catalán también ha impugnado las órdenes de peajes y cánones del gas que afectan los gastos del 2016, el 2017 y el 2018.

Así pues, el TS ha estimado el recurso presentado por la Generalitat contra la orden del gobierno español que establecía los peajes y cánones de gas para el año 2015, una estimación|estima fundamentada, según el ejecutivo catalán, en la sentencia del TC mencionada. En aquella ocasión, el Constitucional consideró nulos los preceptos del Real Decreto Ley que reconocían la compensación económica a favor d'Escal UGS y la repercusión del gasto como coste imputable al sistema gasista.

La Generalitat de Catalunya también ha impugnado las Órdenes de peajes y cánones de gas correspondientes a los años 2016, 2017 y 2018, con la misma línea argumental que ha derivado en la actual sentencia favorable del Supremo.

Hay que recordar que el Supremo ya obligó la semana pasada al Estado español a devolver los 17,31 millones de euros que pagó a Enagás para el mantenimiento del proyecto Castor correspondiente al mes de diciembre del 2014 y todo el año 2015.

El alto tribunal falló a favor de la patronal Cecot en el contencioso administrativo que presentó contra la orden del Ministerio de Industria de peajes del sistema gasista cargando esta cantidad a las facturas de los consumidores.

Aquella sentencia también asumía los argumentos del TC para anular, a finales del año pasado, el pago del crédito para la indemnización de 1.350 millones con un Real Decreto Ley. Cecot afirmaba la semana pasada que el gobierno español tiene que devolver el dinero a los consumidores en dos meses. La patronal también mantiene impugnadas en el Supremo las órdenes ministeriales correspondientes a los ejercicios del 2016, el 2017 y el 2018.

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