Jusíicia se muestra dispuesta a permitir actos electorales en prisiones
Responde a una consulta de la junta electoral y se podrían celebrar acciones de campaña en Mas d'Enric, Lledoners y Puig de les Basses
La Conselleria de Justícia se muestra predispuesta a acoger en tres prisiones catalanas actos de campaña electoral. En concreto, podría permitir actos, a petición de un partido, en los centros penitenciarios de Mas d'Enric (Tarragonès), Lledoners (Bages) y Puig de les Basses (Alt Empordà), siempre que no sean actos multitudinarios, no afecten a la normalidad de los centros y asistan sólo los presos que han pedido el derecho al voto, a quien hay que garantizar su intimidad, y todo siempre subordinado a las condiciones de seguridad. Así ha respondido a la consulta de la Junta Electoral, y ahora está a la espera de la respuesta.
Según ha informado Justícia, «desde los centros penitenciarios se trabaja para garantizar derechos, no para limitarlos» y, por lo tanto, el departamento «no pondrá ningún impedimento para que los presos estén bien informados de cuáles son las opciones electorales que se presentan a estos comicios». «Los centros penitenciarios son permeables y el departamento trabaja para que las condiciones de dentro de la prisión sean lo más parecidas posible a las de fuera», añade el departamento.
El viernes pasado, las juntas electorales provinciales de Barcelona, Gerona y Tarragona instaron la Secretaría a hacer un informe sobre esta posibilidad. En un informe del secretario de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima, Amand Calderó, al cual ha tenido acceso la ACN, se acuerda de que la inmensa mayoría de reclusos tienen reconocido el derecho de voto, excepto si lo excluye la sentencia. Para votar, utilizan el voto por correo, y para que los reclusos dispongan de bastante información sobre las diversas candidaturas, «una de las maneras es la explicación directa y personal de los diversos programas por parte de los candidatos». Por eso, Calderó considera que «sería pertinente autorizar la entrada de los candidatos a los centros penitenciarios a fin de que en un espacio habilitado al efecto, pudieran llevar a cabo su campaña electoral».
En este sentido, recuerda que «la normativa penitenciaria no establece ninguna prohibición expresa para la realización de estos actos», sin perjuicio de las medidas de seguridad interior que se puedan establecer. Por eso, la Secretaría ve posible que los partidos puedan convocar actos electorales respetando el pluralismo político, transparencia, igualdad, proporcionalidad y neutralidad.
Las exigencias relacionadas con la seguridad serían que cada partido sólo podría realizar un acto en cada prisión, el acto no podría durar más de una hora y no podría afectar a las actividades que se desarrollan en la vida ordinaria de los centros. La petición de realización se tendría que hacer al menos cinco días antes para permitir una correcta planificación del resto de actividades, aunque Calderó admite que en este caso sería difícil cumplir el plazo. El acto se realizaría en el lugar más adecuado que considerara la dirección de cada prisión. El número de asistentes se podría adaptar en función de la capacidad del lugar escogido para realizar el acto y sólo podrían asistir aquellos presos en régimen ordinario y que puedan ejercer el derecho de voto en cada proceso electoral. El candidato que llevara a cabo el acto electoral sólo podría entrar acompañado de dos personas de su gabinete.