Diari Més

Municipal

Altafulla rebajará el IBI al 50% en los domicilios con placas fotovoltaicas

Se aplicará durante cinco años consecutivos y entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022

Imagen de archivo de una planta fotovoltaica como la propuesta en Falset.

La negativa del Ayuntamiento de Falset a modificar el POUM tira atrás dos proyectos de macrocentrales fotovoltaicasCedida

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El Pleno municipal del Ayuntamiento de Altafulla del pasado 27 de septiembre aprobó por unanimidad la modificación de la ordenanza fiscal número 1 reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para incorporar una bonificación del 50% sobre la cuota íntegra del IBI en aquellas viviendas que cuenten con instalaciones de autoconsumo con energía solar fotovoltaica que cumplan principalmente las siguientes condiciones.

Por una parte, que las instalaciones de autoconsumo con energía solar fotovoltaica tengan una potencia eléctrica mayor o igual al 30% de la potencia contratada. En caso de que la instalación de autoconsumo alimente varios bienes inmuebles, se tendrá en cuenta la suma de las potencias contratadas para cada uno de los bienes inmuebles.

En el caso concreto de viviendas plurifamiliares que tengan una instalación de autoconsumo con energía solar fotovoltaica para suministrar electricidad a los elementos comunes, la bonificación será del 5% sobre la cuota íntegra para|por cada una de las viviendas vinculadas.

Esta bonificación se aplicará durante 5 años consecutivos, a contar desde la primera liquidación posterior a la presentación de la solicitud, y será incompatible con la bonificación para|por sistemas de aprovechamiento de energías renovables al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).

Para tener derecho a esta bonificación, habrá que presentar en BASE Gestión de Ingresos la solicitud de la bonificación antes del plazo de 6 meses a contar desde la fecha que figure en el documento con que acredite que la instalación está ejecutada y legalizada ante|delante de la Generalitat. La modificación de la ordenanza entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022, y podrá contemplar las instalaciones que se hayan realizado seis meses antes.

Esta bonificación no se aplicará a los bienes inmuebles que tengan que cumplir obligatoriamente con los requisitos de los edificios con consumo casi cero, o que estén obligados por cualquier normativa vigente a la realización de una instalación con energía solar fotovoltaica.

Ahora, el acuerdo inicial se publicará al Boletín Oficial de la Provincia (BOPT), y una vez publicado, se expondrá públicamente por un periodo de 30 días desde el día siguiente a contar desde la publicación del anuncio en el BOPT, dentro del cual las personas interesadas podrán consultar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En caso de que no se presenten reclamaciones y alegaciones, este acuerdo de aprobación inicial ocurrirá de aprobación definitiva.

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