Diari Més

La Audiencia Nacional rebaja a 43 y 36 años la condena de dos de los acusados del 17-A

Estima parcialmente los recursos presentados por Houli y Oukabir pero mantiene la pena de 8 años de Said ben Iazza

Los tres condenados por los atentados del 17-A, Mohamed Houli, Driss Oukabir y Said Ben lazza, durante el juicio.

La Audiencia Nacional rebaja a 43 y 36 años la condena de dos de los acusados del 17-AACN

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La Audiencia Nacional ha estimado parcialmente los recursos presentados por Mohamed Houli Chemlal y Driss Oukabir por una cuestión técnica y les ha rebajado la pena por los atentados de Barcelona y Cambrils: de 53 años y medio a 43 en el caso de Houli, y de 46 en 36 en el de Oukabir. Sí que mantiene la pena de 8 años de prisión para Said ben Iazza por colaboración con organización terrorista. Ya se fijó el límite de cumplimiento máximo en los 20 años de prisión. La sala de apelación de la Audiencia Nacional ha ratificado los aspectos fundamentales de la sentencia condenatoria y descartan condenar a los acusados por los 16 asesinatos cometidos por el resto de miembros de la célula terrorista, ya que considera que no tuvieron conocimiento ni participación.

La sala desestima los recursos presentados por una decena de acusaciones personadas que pedían que se condenara a los acusados también por los asesinatos. La sentencia de ahora se puede recurrir en el Supremo.

Así, los jueces dan por buenos los hechos probados de la sentencia, según los cuales se constituyó un grupo terrorista en el 2015 en torno al imán de Ripoll. Este grupo, del que formaban parte Houli y Oukabir, con la colaboración de Ben Iazza, adquirió grandes cantidades de material explosivo para cometer varias acciones terroristas.

El 16 de agosto del 2017 se produjo una gran explosión en una casa de Alcanar, donde se preparaban los explosivos, en la cual murió el imán. El día siguiente, durante las tareas policiales y de emergencias, se produjo una segunda explosión que hirió varios bomberos y policías, así como un operario.

Por estos hechos, Chemlal y Oukabir fueron condenados por pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito y fabricación de explosivos de carácter terrorista y estragos en grado de tentativa de carácter terrorista, en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.

La sala de apelación admite ahora parcialmente el recurso de los dos al entender que se tiene que aplicar un concurso ideal entre el delito de estragos imprudentes y las lesiones efectivamente producidas. El tribunal estima que en el presente caso, los recurrentes no tenían intención de atentar contra la integridad física de los vecinos, policías y bomberos de Alcanar, y por eso impone la pena por el delito más grave, en su mitad superior. Es por eso que no los castiga por las lesiones, sino sólo por los estragos. A causa de este cambio se produce la rebaja de 10 años en la pena total.

Además, la sala insiste en que los acusados no tenían conocimiento de la intención de sus compañeros de atentar en la Rambla y en Cambrils una vez se produjo la explosión de la casa de Alcanar, con independencia que prepararan un gran atentado en fechas inmediatas. No considera suficiente prueba los mensajes genéricos de portavoces de DAESH instando a atacar hogares, mercados, carreteras o puntos de reunión.

«No puede confundirse la responsabilidad penal que supone la pertenencia a organización criminal con el exigible por la comisión de los diferentes delitos que puedan llegar a ejecutarse», dice.

Por otra parte, la Audiencia rechaza la pretensión de algunas acusaciones de declarar la responsabilidad patrimonial del Estado al no haber adoptado las cautelas necesarias para prevenir la venta de explosivos. La sentencia considera «humanamente comprensible» la solicitud de la familia del menor muerto en la Rambla, pero cree que no puede ser atendida.

También descarta aplicar una rebaja de las penas por dilaciones indebidas, como pedían los acusados. Sí que se estima parcialmente el recurso de 4 víctimas para incluir como probadas las conclusiones de informes médicos sobre las lesiones y secuelas que sufrieron por los atentados.

Asimismo, estima parcialmente el recurso de cinco agentes de los Mossos d'Esquadra que resultaron heridos en Alcanar e incrementa sus indemnizaciones.

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