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Montblanc convoca elecciones en las pedanías

Se harán en tres domingos diferentes en Prenafeta, Rojals, La Guàrdia dels Prats, Lilla y el Pinetell

Imatge del pas de la ronda de la Muralla de Montblanc.

Imagen del paso de la ronda de la Muralla de Montblanc.Turismo Conca de Barberà

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El Ayuntamiento de Montblanc ha convocado elecciones en las pedanías de Prenafeta, Rojals, La Guàrdia dels Prats, Lilla y el Pinetell para optar a la alcaldía pedánea.

Después de aprobar el nuevo reglamento que regula las funciones y obligaciones de los alcaldes pedáneos, ahora se convocan elecciones para escoger a los representantes de cada núcleo de población. Los decretos de convocatoria de elecciones ya se han publicado, excepto el de Lilla, que se hará próximamente, aunque ya hay fecha para celebrarlas.

Las elecciones se harán durante tres domingos consecutivos en cada una de las pedanías. La primera convocatoria tendrá lugar el próximo domingo 22 de septiembre en Prenafeta y Rojals. El domingo 29 de septiembre tendrán lugar las elecciones de La Guàrdia dels Prats y El Pinetell, mientras que el domingo 6 de octubre se harán las elecciones en la pedanía de Lilla.

En todos los casos, se podrá votar entre las 10 de la mañana y la 1 del mediodía en el local social de cada pedanía. Las mesas se constituirán con personal del Ayuntamiento de Montblanc.

Los vecinos que se quieran presentar a las elecciones tendrán que comunicar su candidatura en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Montblanc en un plazo máximo de 7 días antes de las elecciones. Por otra parte, podrán votar todas las personas mayores de edad que se encuentren inscritas en el censo electoral de cada núcleo de población agregado.

Según el nuevo reglamento, las competencias de los alcaldes y alcaldesas pedáneos serán las de ostentar la representación del municipio con carácter institucional, comunicar al Ayuntamiento de Montblanc las propuestas y sugerencias que le trasladen los vecinos y vecinas, supervisar el buen uso de los bienes y servicios municipales y velar por las buenas relaciones entre vecinos y vecinas y las diferentes entidades de la pedanía.

Por otra parte, el alcalde pedáneo tiene la obligación, según el reglamento, de convocar, como mínimo 3 veces el año, una asamblea vecinal con la finalidad de explicar el trabajo hecho y para recoger las inquietudes de los vecinos y vecinas.

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