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Sucesos

Absueltos los dos policías locales de Vila-seca acusados de haber torturado e intentado asesinar a un hombre en el 2013

La jueza afirma que el relato de la víctima ofrece «fuertes y poderosas dudas» y considera que no hay pruebas

Imagen de la sala de vistas de la Audiencia de Tarragona antes del inicio del juicio a tres exagentes de la Policía Local de Vila-secaCedida

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La Audiencia de Tarragona ha absuelto a los dos policías locales de Vila-seca acusados de asesinato en grado de tentativa, torturas graves, permitir torturas graves y falsedad documental. La jueza ha tomado la decisión por «falta de pruebas». Los hechos se remontan en el 2013, cuando un hombre habría sido apaleado en una discoteca del Pinar. Semanas después, la víctima afirmó haber recibido una nota anónima donde se apuntaba que las heridas se las causaron los dos agentes. En el caso también han quedado absueltos el Ayuntamiento de Vila-seca, como posible responsable civil de los daños al hombre, y el entonces jefe de la policía local, que llegó a ir a juicio pero al inicio de la vista el fiscal retiró la acusación de falsedad documental y encubrimiento.

En la sentencia que ha avanzado el 'Diari de Tarragona' y a la cual ha tenido acceso la ACN, la magistrada analiza los catorce indicios que se pusieron encima de la mesa durante el juicio, a partir de testigos y análisis. La jueza pone de manifiesto que la víctima «no recuerda qué pasó» y reconoce que hay «fuertes y poderosas dudas sobre la certeza de los hechos denunciados». Por todo ello, afirma que hay una «imposibilidad de determinar cómo sucedieron los hechos» y que, delante de un escenario en el cual «los indicios tienen teorías alternativas más favorables a los acusados o contraindicios que impiden hacer una construcción condenatoria», absuelve a los policías de todos los presuntos delitos. La Fiscalía pedía hasta 20 años de prisión para los dos agentes.

Hechos relatados

En el juicio que se celebró a finales de noviembre de 2023, la presunta víctima declaró que se pensaba que las lesiones que sufría se habían producido porque la habían atropellado y que no recordaba cómo llegó herida hasta la puerta del piso donde vivía.

Los hechos se remontan en enero de 2013 en el marco de la fiesta de final de temporada de los trabajadores de PortAventura que se celebraba en la antigua discoteca Pacha de la Pineda (Vila-seca). Según el hombre, le habrían puesto «alguna cosa» en la bebida durante la noche y lo siguiente que recordaba era haberse despertado en la entrada del edificio de su piso de Salou gravemente herido. Sin embargo, dijo que caminó «cuatro o cinco kilómetros» de nuevo hasta la discoteca para recuperar las llaves del piso que tenía en el coche. Durante el trayecto, un peatón lo asistió y llamó una ambulancia, que lo llevó al hospital de Santa Tecla, donde estuvo ingresado nueve días.

Al recibir el alta volvió a su domicilio original de Lleida. Pocos días después se encontraba mal y fue al médico, que decidió volver a ingresarlo en el hospital. Según constaba en el escrito del fiscal sufrió la ruptura de tres costillas, una lesión pulmonar, un neumotórax traumático, un derrame pleural postraumático y amnesia lacunar postraumática. Para el ministerio público, las lesiones eran de tal gravedad «que implicaron compromiso vital para el perjudicado, ya que si no hubiera recibido atención médica habría muerto».

Pero un año y medio después de los hechos, en el buzón de su domicilio de Lleida recibió una carta anónima en la cual se implicaba directamente a dos policías locales de Vila-seca de las heridas que sufrió. Entonces fue cuando presentó la denuncia a los Mossos d'Esquadra, que iniciaron una investigación que desembocó en la detención de los tres encausados.

Juicio previo

El caso tuvo previamente otra derivada. En el 2020 se juzgó, y absolvió, a dos agentes de los Mossos d'Esquadra que estaban acusados de haber evitado la investigación sobre los policías locales de Vila-seca. La fiscalía pedía 2,5 años de prisión, 1 año y 9 meses de inhabilitación, y 1.800 euros de multa por un supuesto delito de falsedad documental, y cinco meses más de inhabilitación por omisión del deber de perseguir delitos. La sentencia concluyó que no se había acreditado que los dos mossos tuvieran un plan preconcebido para no investigar los hechos, tal como sostenía la fiscalía. La resolución, sin embargo, no fue unánime y uno de los tres magistrados emitió un voto particular porque consideraba que se les tenía que condenar.

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