El BEI admite que obvió evaluar el riesgo sísmico a la hora de financiar el Castor
El informe de respuesta a la reclamación de la Plataforma del Sénia se limita a proponer mejoras internas en varios ámbitos pero descarta asumir responsabilidades por el caso
El Banco Europeo de Inversiones (BEI) admite que no evaluó ni controló adecuadamente aspectos como el riesgo sísmico asociado al proyecto Castor a la hora de aprobar la financiación de su construcción con una emisión de bonos por valor de 1.434 millones de euros. Así consta en el informe de respuesta de las reclamaciones presentadas por la Plataforma Ciudadana en defensa de las Tierras del Sénia y un particular al que ha tenido acceso el ACN. A pesar de asumir también carencias a la hora de analizar la fragmentación del proyecto, los impactos sobre el patrimonio cultural o las condiciones de consulta pública, el organismo financiero comunitario se limita a exponer algunas recomendaciones de «mejora» en los procedimientos internos y se niega a asumir responsabilidades sobre la financiación. Sostiene que, después de que el exconcesionario Escal UGS le devolviera el dinero gracias a la indemnización aprobada por el gobierno español y ahora anulada por la sentencia del Tribunal Constitucional, se ha desvinculado definitivamente del proyecto.
En un «informe de conclusiones» donde predomina el uso del tiempo verbal condicional, el organismo financiero público reconoce con la boca pequeña que podía haber vigilado de forma más efectiva y diligente el desarrollo del primer proyecto escogido en la Unión Europea para poner en marcha el mecanismo de financiación millonaria de infraestructuras estratégicas conocido como Project Bond Credit Enhancement. Sobre el papel, el organismo financiero público de la Unión Europea reconoce que tenía la obligación de efectuar una «adecuada evaluación ambiental» para poder autorizar la operación, a partir de la información aportada por el promotor, Escal UGS, filial del grupo ACS, así como de otras partes interesadas. El informe reconoce que se omitieron aspectos esenciales que llevaron al fracaso técnico y económico del almacén de gas submarino.
«El BEI habría podido ir más allá en su proceso de diligencia debida y examinar los riesgos asociados a la sismicidad y a la geología», admite sobre el aspecto clave en el fracaso y posterior cierre gubernamental de las instalaciones. Concretamente, añade, podía haber solicitado dictámenes en terceras partes, diferentes al promotor y a los propios asesores técnicos de la entidad. De hecho, el informe revela que la aprobación de la emisión de bonos el verano de 2013, justo antes de la oleada sísmica, se hizo sobre la base de una evaluación de riesgos del año 2010 –cuándo Escal UGS presentó la primera solicitud de financiación- y reconoce que el banco no disponía de «ningún análisis de riesgo de sismicidad desde una perspectiva técnica».
A pesar de eso y los más de mil terremotos causados por la inyección de gas en periodo de pruebas al yacimiento submarino, los técnicos de la División del Mecanismo de Reclamaciones del BEI encargados de redactar la respuesta, consideran que la reclamación al respeto que presentó en diciembre de 2013 la Plataforma Ciudadana en defensa de las Tierras del Sénia es «infundada». Argumentan, amparándose en las conclusiones del informe encargado por el gobierno español al Massachusetts Institute of Technology (MIT) y Harvard, que en el momento de efectuarse las evaluaciones «no existían estándares o directrices industriales» para valorar estos riesgos y tampoco existía «regulación específica» sobre la materia. Una afirmación que contrasta con el hecho de que la misma Escal UGS reconociera explícitamente en el documento informativo destinados a los potenciales inversores, que, efectivamente, la posibilidad de provocar terremotos existía.
En la práctica, el reconocimiento se traduce únicamente en la inclusión de «sugerencias de mejora» gracias a las «lecciones aprendidas» con el Castor. En el caso de la sismicidad, plantea que se efectúen «evaluaciones de riesgo exhaustivas y documentadas, que podrían llevar la imposición de condiciones específicas y/o otros requisitos» en el caso de existir baja probabilidad o incertidumbre sobre el impacto sobre las personas y el medio, recorriendo, como han hecho en otros casos, a «consultores especializados» y documentando los dictámenes. En términos similares se manifiesta sobre la posibilidad de vertidos de petróleo: si bien entiende que se siguieron correctamente los procedimientos internos de acuerdo con la normativa, constata que la posibilidad, por baja que fuera, de poder hacer fracasar el proyecto o causar daños requeriría un estudio del riesgo de forma «exhaustiva y documentada» con la posibilidad de imponer «condiciones específicas».
Fragmentación del proyecto
En la misma línea, los responsables de examinar las reclamaciones ventilan también por la vía rápida otros aspectos controvertidos del proyecto Castor que denunciaba la Plataforma del Sénia y que, admiten, no se gestionaron de la forma más adecuada. Así, constatan que no evaluaron la fragmentación del proyecto como maniobra para eludir el control ambiental de la administración. Un extremo confirmado por una sentencia del Tribunal Supremo, que ha anulado el gasoducto de interconexión de la planta terrestre con la red general porque su trazado no fue sometido a estudio de impacto ambiental. En este ámbito, proponen que se emitan dictámenes y se documenten los resultados de las evaluaciones de riesgo de proyectos, incluidos casos judiciales y con análisis de impacto para fundamentar la toma de decisiones. En el caso de los impactos sobre la biodiversidad, pide profundizar en el procedimiento para verificar si los proyectos disponen del visto bueno de la autoridad competente de acuerdo con la Directiva de Hábitats, más allá de haber superado la Declaración de Impacto ambiental.
El BEI, por otra parte, acepta también que no se evaluaron el impactos de las instalaciones del proyecto Castor sobre el patrimonio cultural del territorio, en concreto, del gasoducto de interconexión sobre la Vía Augusta. Sugiere verificar que, en adelante, estos aspectos «son evaluados y atendidos adecuadamente», a partir de la elaboración de dictámenes y análisis de riesgos para comprobar su relevancia para que que sean resueltos por el promotor. El informe también reconoce carencias importantes en el ámbito de la transparencia durante la tramitación. A pesar de considerar que los procedimientos de consulta pública se desarrollaron según la legislación española y asegura que los documentos técnicos en inglés presentados por la empresa se acabaron traduciendo, cuestiona la «idoneidad de los plazos y la disponibilidad de los plazos durante la consulta». Propone, en este ámbito, el establecimiento de una «directriz apropiada» para evaluar la relevancia del proceso de consulta pública, implementando y mejorando las prácticas, «verificando que las preocupaciones y riesgos relevantes» surgidos de estos procesos «sean evaluados y vistos adecuadamente por el promotor».
El reconocimiento de errores de los responsables del mecanismo de reclamaciones del BEI no va más allá y acaba descartando el resto de las alegaciones de la Plataforma del Sénia calificándolas de «infundadas». Es el caso de la ubicación de la planta terrestre en suelo agrícola, hecho que llevó a un juzgado de Castellón a anular la licencia de obras otorgada por el Ayuntamiento de Vinaròs. «Se dio prioridad a las consideraciones relativas a la seguridad de las poblaciones próximas sobre el uso del suelo», se justifica, añadiendo que se trata de un escenario «habitual en estos proyectos». También considera correcta las medidas en materia de contaminación y gestión de los residuos. Por último, el BEI rechaza que los promotores del Castor aprovecharan la mayor laxitud de la normativa valenciana: «aplicar la normativa catalana no habría supuesto ningún cambio en la Evaluación de Impacto ambiental», alegan.
Golpe de carpeta al Castor
A pesar del 'mea culpa' condicional, el organismo no se plantea en ningún caso la posibilidad de revisar o asumir responsabilidades por la financiación del fallido almacén de gas submarino. «La explotación del proyecto ha sido puesta en hibernación. La financiación del Banco ha sido reembolsada y el Banco ya no está involucrado en el proyecto. El Mecanismo de Reclamación del BEI cerrará este caso con el presente informe», sentencia. Atribuye las deficiencias mencionadas a las «dificultades» en el proceso previo de evaluación por la «complejidad» de un proyecto que contaba con la etiqueta de «prioritario» dentro del programa de Redes Transeuropeas de Energía. También por el elevado número de alegaciones recibidas, su «cambiante situación» y el «gran número de partes interesadas». Apunta, además, hacia el promotor y beneficiario de la financiación, Escal UGS, como era el «responsable» de aplicar los requisitos que exigía el banco y la normativa. La redacción de estas conclusiones –en las cuales han participado «peritos externos»- llega después de un proceso de cinco años que incluyó desplazamientos de representantes del organismo en las Tierras del Sénia para entrevistarse tanto los reclamantes como la promotora y recoger toda la información necesaria.
El BEI había impuesto como condición a Escal UGS devolver de forma inmediata el importe de la financiación si el almacén de gas Castor no se ponía en marcha antes del 30 de noviembre de 2014. Clausurado provisionalmentepor el gobierno español desde septiembre de 2013 y después de la renuncia de la filial de ACS a la concesión en julio de 2014, el decreto aprobado por el gobierno español dos meses y medio después, ahora suspendido en buena medida por el Tribunal Constitucional, permitió a los promotores cobrar 1.350 millones de euros y reanimar los bonos a los inversores del BEI dentro del plazo. El ministro de Energía, Álvaro Nadal, justificó esta rapidez con el pretexto de que un impago podía generar un conflicto con el BEI y una crisis de pagos del sistema gasista español en un momento financieramente delicado para el euro. La fórmula de cargar la indemnización a la factura del gas a los consumidores a lo largo de 30 años ha sido anulada por el Tribunal Constitucional.
El verano de 2013, el acceso al 'project bond' del BEI permitió a la filial de ACS acceder a una vía de financiación mucho más ventajosa respecto de la que se había suscrito para financiar la construcción. En aquel momento, el organismo tenía como vicepresidenta el exminista socialista Magdalena Álvarez. Así, justo prácticamente en el momento que empezaban las inyecciones en periodo de pruebas en el almacén que acabaron desencadenando la crisis sísmica a partir de septiembre, Escal UGS pudo sustituir el crédito sindicado con diecinueve bancos a un 9,2% de interés anual por los 1.434 millones de euros de la emisión de bonos garantizada por la misma institución a un 5,76% de interés. El BEI, incluso, compró directamente 300 millones de euros en bonos y habilitó una línea de liquidez de 200. Unos recursos que, a pesar del millar de terremotos que las inyecciones de gas acabaron provocando a partir de septiembre de 2013, los inversores –bancos, fondo de pensiones o inversores particulares- acabaron recuperando sin haber asumido ningún riesgo.