Los propietarios afectados por el caso Turov quieren que el Ayuntamiento de Alcanar los compense también por daños morales
Presentan una quincena de reclamaciones patrimoniales al consistorio, que tiene pendiente todavía el derribo del complejo
Una quincena de propietarios afectados por el derribo de los apartamentos ilegales de la promotora Turov en Alcanar Platja ha presentado reclamaciones de responsabilidad por daños patrimoniales y también morales al Ayuntamiento de Alcanar. Según ha explicado el abogado de los propietarios, Llorenç Cortadella, además de las pérdidas patrimoniales que la decisión judicial de derribar las 28 viviendas les ha generado, sus clientes también quieren que se los compense por el «padecimiento» y los trastornos emocionales causados por esta situación. El alcalde de Alcanar, Joan Roig, ha confirmado que el consistorio tiene sobre la mesa estas peticiones y está solicitando documentación para responder a las demandas. El Ayuntamiento espera encara varias autorizaciones judiciales para poder cumplir la orden de derribo.
Después de que la misma promotora Turov, en proceso de liquidación, recibiera del Ayuntamiento el pasado mes de agosto la segunda mitad de la indemnización de 1,07 millones de euros por los ocho apartamentos que tenía en propiedad, el resto de propietarios particulares ha seguido el mismo camino. Además, sin embargo, han añadido a su reclamación de responsabilidad al Ayuntamiento el elemento de los daños morales.
Es difícil de cuantificar pero fácil de conceptualizar: es el padecimiento interior que esta situación genera. En algunos casos, puede ser grave y puede llevar gente a tratamiento psiquiátrico porque se han hundido ante la posibilidad de quedarse sin su vivienda habitual y la incertidumbre de tener que comprar otro o buscar un lugar para vivir», relata Cortadella. A estas situaciones, recuerda, se añade propietarios que tenían una segunda residencia, «donde puede tener recuerdos de muchos veranos pasados». «Eso es un padecimiento, también es un daño. El Tribunal Supremo reconoce que es difícil de cuantificarlos, pero eso no eliminar el derecho de cobrarlos», añade.
Así las cosas, la representación legal de los propietarios ha situado este daño moral, siguiendo el criterio establecido por el mismo Tribunal Supremo, entre el 30% del valor de la reclamación patrimonial establecida en la tasación de cada uno de los afectados, principalmente en los casos que el apartamento era la vivienda habitual, por ejemplo, y un 10%, para los de menor afectación, como el caso de segundas residencias.
Los tribunales pueden tener la última palabra
Según ha confirmado a la ACN el alcalde de Alcanar, Joan Roig, el consistorio tiene ya sobre la mesa estas reclamaciones y las ha empezado a estudiar. «Trasladamos toda la documentación a los servicios jurídicos para que comprueben, a través de escrituras y otra documentación, que son ciertamente los propietarios afectados», ha relatado. En los casos que reconozca el daño, el consistorio elaborará su propia tasación para indemnizar a los afectados y se ceñirá a la cifra que se determine legalmente, sin entrar a negociar, según precisó. En el caso de los daños morales, ninguna de las partes descarta que la decisión final sobre la compensación pueda recaer, nuevamente, en los tribunales.
En cualquiera de los casos, el consistorio se prepara ya para hacer frente a una suma millonaria para indemnizar a los afectados que puede lastrar su economía a corto, medio y largo plazo. «Estamos en un callejón sin salida muy complicado para un ayuntamiento porque desestabiliza el presupuesto municipal y porque te encuentras situación muy difícil de gestionar: no quieres que ningún vecino abandone su casa pero tienes que hacer frente a una sentencia judicial que te obliga a derribar y, seguramente, a pagar estas reclamaciones patrimoniales, admite Roig.
De momento, el derribo continúa pendiente de nuevos trámites y permisos. Por una parte, porque la resolución judicial definitiva al respecto incluía el matiz que no se podía ejecutar hasta que la cuestión de las indemnizaciones quedara resuelta, de forma que estén hechas efectivas o se garanticen. «No es tan fácil como parece», apunta al alcalde, añadiendo que, después de adjudicar hace dos años el proyecto por 110.000 euros, están todavía pendientes de recibir algunos permisos judiciales para poder acceder finalmente a las viviendas y proceder.
Multiplicación de la edificabilidad
El caso llegó a los tribunales a partir de la denuncia de una vecina del complejo, situado en la urbanización de Serramar, en Alcanar Platja. Según constató el juzgado contencioso número 2 de Tarragona, el consistorio autorizó a Turov a construir un complejo de 32 apartamentos en un espacio calificado como ciudad jardín donde, según la planificación urbanística vigente, sólo se admitían nueve chalets unifamiliares aislados –incrementando la edificabilidad en un 243%. Por este motivo, el mismo juzgado acabó declarando nula la licencia el año 2006 y, al principio de 2013, instaba al Ayuntamiento a ejecutar la restauración de la legalidad urbanística derribando de forma efectiva las viviendas.
De hecho, el exceso irregular de viviendas autorizadas y construidas vulnerando la normativa urbanística no era una práctica «puntual» o «aislada» en la misma zona. El mismo consistorio llegó a contabilizar, en el periodo entre 1997 y 2003, la autorización de un total de 614 viviendas en terrenos donde, de acuerdo con la planificación urbanística, sólo se podían levantar un máximo de 179.