Judicial
Cierran provisionalmente el caso del accidente de autobús en Freginals
La Audiencia de Tarragona reabrió la instrucción hace casi un año para pedir nuevas peritaciones
El juzgado de instrucción 3 de Amposta ha decidido archivar provisionalmente la investigación sobre el accidente de un autobús en Freginals el 20 de marzo de 2016, donde murieron 13 estudiantes de Erasmus cuando volvían de las fallas de Valencia. Es la tercera vez que la juez descarta que la conducta del chófer, relacionada con el cansancio según la peritación de los Mossos, tenga la gravedad que exige el código penal.El juzgado de Amposta ya archivó la instrucción seis meses después del accidente, en noviembre del 2016, y también el verano del 2017, unos meses después de reabrir el caso y tomar declaración al conductor.
Después de practicar las diligencias correspondientes para averiguar las causas del accidente y si se puede atribuir algún tipo de imprudencia, la magistrada ha resuelto que «no se aprecian errores en la electrónica de control de los sistemas de frenos o sistema de gestión del motor del vehículo con anterioridad al accidente», por lo que «no se puede demostrar técnicamente que el sistema de frenado retarder estaba conectado en el momento del accidente y si este pudo ser activado, no siendo significativo que este sistema, por si solo, fuera capaz de parar por completo el vehículo».
El auto también recoge que en el momento del accidente «el investigado conducía la velocidad máxima permitida por la ley (100 km/h)», no conducía bajo los efectos de la influencia de bebidas alcohólicas ni había sufrido ningún distracción alguna al no haber utilizado los teléfonos móviles que disponía.
Además, detalla que la causa del accidente, según el informe pericial suscrito por los Mossos d'Esquadra fue «el cansancio del investigado». En este, se asegura de que el conductor el día de los hechos respetó los tiempos de conducción y descanso diario que establece la normativa.
Por este motivo, la jueza considera que «no puede atribuirse a la conducta del investigado una gravedad como la que se exige por el código penal, sin perjuicio de las responsabilidades civiles». De esta manera, la titular del juzgado de instrucción 3 de Amposta acuerda el archivo provisional del caso, todo y que la decisión de que se puede recurrir tanto delante de la sede como en la Audiencia provincial de Tarragona.
La Audiencia de Tarragona había reabierto la instrucción para pedir nuevas peritaciones. Concretamente, la interlocutoria del ente provincial pedía revisar el expediente sancionador que la Inspección de Trabajo abrió contra el propietario del vehículo. Este expediente se había iniciado por falta de información y de formación del conductor en riesgos laborales, y por deficiencias en la vigilancia de la salud del trabajador. Los magistrados de la Audiencia requerían la documentación para considerarla «necesaria y útil» a la hora de esclarecer si el chófer estaba cansado o fatigado. También reclamaban una nueva peritación del sistema de frenos después de que el conductor declarara que se podría haber bloqueado una rueda durante el frenazo, con el asfalto mojado.
Por último, a pesar de que la empresa propietaria de los vehículos fue sancionada por no haber subscrito un servicio de Prevención de Riesgos Laborales, la juez asegura que el chófer hacía los reconocimientos médicos pertinentes anuales por cuenta propia.