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Judicial

Tres años de internamiento por la muerte de un hombre a quien dejó en coma de un puñetazo en Tortosa

La sentencia concluye que el acusado tenía las capacidades gravemente afectadas por un trastorno mental

Plano contrapicado de la fachada de entrada en la Audiencia de Tarragona.

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La Audiencia de Tarragona ha condenado a 3 años y tres meses de internamiento psiquiátrico a un joven acusado de la muerte de un hombre a quien dejó en coma de un puñetazo en Tortosa en 2016. El juicio tenía que empezar hoy con jurado popular, pero el viernes las partes cerraron un pacto dado que, en el momento de los hechos, el acusado tenía las capacidades gravemente afectadas. El chico sufría de esquizofrenia paranoide y de retraso mental leve, y tiene reconocido un grado de discapacidad del 69%. La fiscalía, que pedía 12 años de prisión por homicidio, rebajó la petición a 3 años y tres meses por un delito de lesiones en concurso con un homicidio imprudente, con la eximente incompleta de enajenación mental. El hombre tendrá que pagar 120.000 euros a la hermana de la víctima.

La agresión pasó hacia las dos de la madrugada del 4 de diciembre del 2016 a las puertas de un local de ocio de la calle Argentina de Tortosa. La víctima se encontraba en el exterior del establecimiento y llevaba su móvil enla mano en apariencia de estar haciendo fotos. Entonces el acusado se dirigió hacia él, le dio un golpe en la mano de tal forma que le cayó el móvil y, acto seguido, le dio un fuerte puñetazo en la cabeza y una patada en la pierna. Como consecuencia de los golpes la víctima cayó de espaldas y se golpeó la cabeza en el suelo. El hombre quedó inconsciente y el acusado se marchó corriendo.

El agresor, de nacionalidad argentina, pasó 20 días en busca y captura hasta que los Mossos lo pudieron detener el 25 de diciembre. El joven pasó a disposición judicial el día de Navidad pero quedó en libertad con cargos a las pocas horas. El día de los hechos, la víctima acudió, consciente, al hospital Vergede la Cinta de Tortosa. A las pocas horas un coágulo sanguíneo en el cerebro lo hizo entrar en estado crítico y fue trasladado al servicio de neurocirugía del hospital Joan XXIII de Tarragona, donde lo operaron. La víctima pasóa laUCI hasta el 10 de enero y después lo trasladaron a planta. El 9 de febrero del 2017 quedó ingresado en el hospital de Jesús con un estado de parálisis y un estado vegetativo persistente –coma vígil.

El 28 de septiembre del 2018, cuando tenía 40 años, murió «por una encefalitis derivada del traumatismo inicial de la agresión». Posteriormente, el 10 de junio del 2019, la Audiencia de Tarragona acordó prisión provisional para el acusado, que acumulaba numerosos antecedentes por robos, agresiones, intimidación y atentado contra los agentes de la autoridad, entre otros.

Eximente incompleta por enajenación mental

El viernes las partes llegaron a un acuerdo de conformidad que ha permitido evitar la celebración del juicio con un jurado popular. Inicialmente, la fiscalía pedía 12 años de prisión por un supuesto delito de homicidio. Finalmente, el ministerio público modificó las conclusiones provisionales y reconoció que en la fecha de los hechos el acusado sufría de esquizofrenia paranoide y de un retraso mental leve, lo cual «limitaba gravemente sus capacidades volitivas e intelectivas».

El ministerio público consideró que los hechos corresponden a un delito de lesiones dolosas del artículo 147 del Código Penal en concurso ideal con un delito de homicidio imprudente del artículo 142, con la circunstancia eximente incompleta de enajenación mental. La petición quedó en 3 años y tres meses de prisión, y al amparo del artículo 104 del Código Penal se acordó la medida de internamiento para tratamiento médico en un establecimiento adecuado a la alteración psíquica que sufre. La sentencia, que ya es firme, también condena al hombre a pagar las costas procesales y a abonar una indemnización de 120.000 euros -más los intereses legales- a la hermana del difunto.

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