Política
El gobierno español defiende que la concesión de la central de Flix es para 99 años
Entidades ambientalistas habían reclamado que se extinguiera en 2023, después de 75 años, tal como marca el TC
El gobierno español se ha situado al lado de Endesa Generación defendiendo que la concesión de la central hidroeléctrica de Flix (Ribera d'Ebre) tiene una vigencia de 99 años y, por lo tanto, no se extingue hasta 2047. Esta ha sido la respuesta que el subdirector general de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras, Daniel Sanz, al requerimiento de una de las entidades ambientalistas que reclaman la extinción de la concesión este 2023, cuando cumple los 75 años marcados por la jurisprudencia y la legislación vigente. La contestación, a la que ha tenido acceso ACN, no alude a la doctrina del Tribunal Constitucional, según la cual este tiene que ser el periodo máximo de aprovechamiento de aguas públicas de las concesiones previas a la Ley de Aguas de 1985.
Sanz recuerda en su respuesta que el periodo de la concesión para la central hidroeléctrica de Flix –otorgada por orden ministerial el 6 de julio de 1936, unos días antes del golpe militar fascista que dio lugar a la Guerra Civil Espanyola- empieza a contabilizar a partir de la fecha de puesta en explotación oficial, el 21 de junio de 1948.
Entiende el alto cargo del Ministerio para la Transición Ecológica, sin embargo, asumiendo literalmente la letra de la concesión aprobada en aquel momento, que el permiso se extendería durante 99 años. Eso supondría que la concesión no acaba hasta el 20 de junio de 2047. Por todo ello, concluye, no procedería que la Confederación Hidrográfica del Ebro incoe el expediente para extinguirla que reclaman entidades ambientalistas.
La respuesta ministerial ha causado perplejidad a la Asociación Sedimentos, una de las impulsoras de esta petición. El autor de uno de los informes que la sustenta jurídicamente, el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Extremadura, Pedro Brufao, ha recordado que tanto la normativa ordinaria actual como la jurisprudencia constitucional en esta materia son muy claras.
«Ya hubieron antecedentes en explotaciones hidroeléctricas, en virtud de un real decreto de 1921, que rebajaba a 75 años sólo para las hidroeléctricas este plazo tan dilatado de 99 años. Una cuestión que fue corroborada por una importantísima sentencia del Tribunal Constitucional, la 227/1998, sobre la Ley de Aguas, que decía que el plazo máximo era de 75 años a partir de su entrada en vigor, de la puesta en explotación de las centrales», subraya.
Una reducción, ha recordado, que ha sido ratificada también por sentencias del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional así como en dictámenes oficiales de la Abogacía General del Estado y el Consejo de Estado. Así, la concesión de Flix se extinguiría este próximo 2023 y no en el 2047. El experto apunta, en este sentido, que una norma del derecho de aguas permite que cualquier interesado o la administración de oficio puede reclamar la extinción del derecho concesional hasta tres años antes de que venza el plazo. Eso es lo que han intentado hacer, precisamente, la Asociación Sedimentos y otras entidades estatales en el caso de Flix.
Pero la administración no lo ve así y apoya a la concesionaria Endesa Generación. La compañía interpreta que su título concesional no está limitado a un máximo de 75 años –prórrogas incluidas- previsto dentro de la ley de Aguas de 1985 y que sólo se tendría que aplicar este plazo a los títulos a perpetuidad - que expirarían en el 2061- o a los que se concedieron después de la aprobación de esta norma.
«Es totalmente rechazable que todavía se quiera defender, con una jurisprudencia tan clara y que tiene 34 años, la idea de que las concesiones para usos industriales y energéticos de 99 años puedan seguir existiendo», ha reprochado Brufao. El experto ha cuestionado que la subdirección general de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras sea la competente a la hora de dar respuesta en el caso de explotaciones de menos de 50 MW como esta, hecho por el cual correspondería a la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE).
Más allá del caso de Flix, la cuestión es crucial en el sentido que podría afectar también a la duración de las concesiones de los grandes embalses del tramo final del Ebro: Mequinenza, que entró en funcionamiento de forma oficial en 1964; y Riba-roja, el año 1967. Mientras Endesa Generación prevé la extinción los años 2063 y 2066, respectivamente, los ambientalistas apuntan que no podría ir más allá del 2038 y el 2041.
Caducidad por incumplimientos
Incluso, defienden estas entidades, podría reclamarse en el momento actual que la administración estatal acordara la caducidad de estos derechos por el supuesto incumplimiento de las obligaciones técnicas, ambientales y de seguridad que tenía que cumplir el concesionario. Eso hace referencia, entre otros aspectos, a la necesidad de garantizar los correctos funcionamiento, ubicación y capacidad de los desagües de fondo, que permitirían el arrastre de sedimentos necesarios para el mantenimiento del delta del Ebro y la seguridad de los municipios río abajo.
También, según recuerda el mismo Brufao, la necesidad de respetar la legislación de pesca fluvial, vigente desde hace más de cien años, según la cual los embalses tienen que garantizar la existencia de una escalera o un paso específico para que la fauna piscícola pueda superar las presas, permitiendo la conectividad fluvial. Unos elementos que «raramente» se construyeron en ninguna presa en su momento, constata.
Adicionalmente, existía el compromiso de garantizar la navegabilidad fluvial a través de la infraestructura para posibilitar que el río funcionara como medio de transporte de mercancías y personas. «Se previó, al menos sobre el papel, que los embalses de Flix Riba-roja y Mequinenza no afectaran a la navegación fluvial», ha apuntado. El experto concluye que el incumplimiento de las condiciones técnicas mencionadas afectaría a la validez de la concesión y podría suponer su «caducidad».