Diari Més

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Tenía yo la tierna edad de… ¿Por qué mentir? Nunca he tenido una edad tierna, a los nueve años ya tomaba brandy y fumaba. A los catorce, leí por primera vez una sentencia, me presentaron la Providencia y me pusieron en las manos un «Auto», a pesar de no tener todavía carné de conducir. Pensaba que a lo largo de estos 46 años ya lo había visto todo en tema tribunales, sin embargo, ese dicho del que nunca te irás a la cama sin saber algo más es para mí hoy más verdad que nunca. Y en un tema que... también está relacionado con irse a la cama precisamente. Os lo cuento: resulta que el Tribunal Constitucional ha recibido un recurso por parte de una mujer a la que, por así decirlo, nadie le hizo mucho caso cuando denunció que pagaba con favores sexuales un préstamo que le había hecho su cuñado en un contrato verbal, significa que no era escrito, que era «oral». Y vosotros diréis… Hombre, pagar un préstamo con felaciones no sería precisamente un procedimiento que esté en el manual de Obligaciones y Contratos del Derecho Civil. De hecho, ahora que pienso, el Código Civil español se redactó en 1889 y, por aquel entonces, el sexo oral era contar un chiste verde. Pues dicen los magistrados de aquella especie de pastel setentero que el caso no tiene suficiente importancia constitucional para que pierdan el tiempo. O sea, que si tú le vendes el coche al vecino o vecina y te dice que te lo abonará en meriendas, ni el Derecho Mercantil, ni el Penal, ni el Civil, ni el Militar tendrán inconveniente. Se considera que se trata de un acuerdo entre dos adultos y que ellos no deben entrar. Así que he acordado con el vecino que nos batiremos en duelo en la calle con paraguas de encajes con la punta afilada. Una vez muerto, me lo comeré, porque alguien se olvidó de introducir el canibalismo en el Código Penal, le estaría haciendo una «transferencia».

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