Diari Més

Tribuna

«Okupación ilegal»

Exsenador y diputado

Creado:

Actualizado:

Vaya por delante, para evitar el aprovechamiento que pueda justificar la «okupación» ilegal, que este artículo de opinión no hace una referencia, ni es su voluntad, a aquellas ocupaciones que tienen una relación directa con las propiedades de entidades financieras o fondos de inversión inmobiliarias, ya que estos deben tener un tratamiento especial de colaboración con la administración del estado, facilitando alquileres sociales siempre que se pueda justificar su necesidad o, cuando no, tener las viviendas adecuadamente protegidas. Sirva, como ejemplo, aquellos ciudadanos que en su día adquirieron una propiedad mediante una hipoteca, de acuerdo a unos ingresos solventes, ingresos que con el tiempo han podido ser perjudicados, en la mayoría de casos por causas laborales, ocasionando no poder atender las cuotas hipotecarias correspondientes. Este artículo tiene una relación directa con la «okupación» ilegal de viviendas particulares, que afectan directamente a sus propietarios y, cuando no, a la convivencia ciudadana.

A nadie se le escapa las noticias que cada día aparecen en medios de comunicación, con referencia a la práctica ilegal de la «okupación»: peleas familiares en Alicante por ocupar un piso mientras el difunto todavía continuaba dentro del domicilio; la batalla de dos ancianos de Fuenlabrada para recuperar su vivienda; clanes que gestionan la okupación de domicilios, previo pago de importantes sumas de dinero; etcétera. Sin ir más lejos, sirva como ejemplo los hechos acaecidos hace algún tiempo de alteración en la vida común de los vecinos en el municipio de Roda de Berà, culminando con una respuesta ciudadana ejemplar en su planteamiento y ejecución, saliendo a la calle en una manifestación pacífica, pidiendo un cambio de la ley, más medidas para paliar la grave situación que provoca la «okupación» ilegal alterando la convivencia de los vecinos.

La «okupación» ilegal es un gravísimo problema que afecta cada vez más a los ciudadanos y a la convivencia vecinal. Ante esta situación lamentable, el gobierno de España de Pedro Sánchez se pone de perfil, mirando hacia otro lado, evitando un debate parlamentario que ponga encima de la mesa la realidad de las cifras y los hechos, claro está que los intereses electorales pueden perjudicar en la necesaria adecuación de la ley a los hechos lamentables que sufren los propietarios. Quizás Pedro Sánchez tenga todavía presente las palabras del entonces vicepresidente Pablo Iglesias, cuando aseguraba que no existía ningún tipo de problema con la «okupación» ilegal, que era un tema que el capitalismo defensor de la propiedad privada se había sacado de la manga, pretendiendo, así, despistar a ese club en que se encuentra él, con su lujosa mansión fuertemente vigilada.

El ministerio del Interior reconoce que las «okupaciones» de viviendas crecieron un 18% en España, contabilizándose 13.389 casos hasta septiembre de 2021. Cataluña continúa encabezando las comunidades autonómicas, con 5.689 «okupaciones», representando un 42% del total, cuadruplicando el de la Comunidad de Madrid, con 1.282 casos, y triplicando a Andalucía, con 1.994 casos. Quizás, el motivo se encuentre en el buenismo de la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, llevando su experiencia a talleres municipales sobre cursos de «okupación» para jóvenes, bajo el título de: «taller de liberación de espacios». Lo de liberación no responde precisamente al término de libertad, mucho más todo lo contrario.

Mientras formaciones políticas se quedan con los brazos cruzados ante el gravísimo problema de la «okupación» ilegal, otros han llevado al Congreso de los Diputados una proposición de ley orgánica para evitar la «okupación» ilegal, como el PP de Feijóo. Entre las medidas de la iniciativa parlamentaria del PP está el desalojo de forma inmediata, en el caso de que la situación sea de flagrante delito, en 24 horas por parte de la policía; la recuperación del delito de usurpación de bienes inmuebles, con penas de prisión de tres y cinco años; la imposibilidad de que puedan empadronarse los «okupas», así como de tener acceso a determinados beneficios; endurecer las penas en el caso de que se trate de acciones mafiosas; habilitar a las comunidades de propietarios como personas jurídicas para poder iniciar el proceso de denuncia; y que los ayuntamientos puedan tramitar el desalojo.

tracking