Diari Més

Condenados a abandonar la ocupación de un piso del Vendrell y a pagar 180 euros de multa

Los acusados se instalaron en la vivienda mientras su inquilino cuidaba de su madre

La Audiencia de Tarragona.

La Audiencia de Tarragona.ACN

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Una familia del Vendrell ha sido condenada a abandonar el piso que ocupa ilegalmente desde finales del 2015 y a pagar 180 euros de multa por un delito leve de usurpación de bienes inmuebles. El pasado mes de octubre, el juzgado de instrucción número 5 del Vendrell ya resolvió a favor de la propietaria, que había denunciado los hechos a los Mossos D'Esquadra. Los ocupas, sin embargo, presentaron recurso y, ahora, la Audiencia de Tarragona lo ha desestimado y ha ratificado la condena inicial. Según la sentencia, en la vivienda solía vivir el hijo de la propietaria, pero este se fue a vivir temporalmente con su madre para cuidarla mientras ella se recuperaba de una operación. Durante aquel periodo, los ocupas cambiaron la cerradura del piso aprovechando que no había nadie y se instalaron.

La sentencia del juzgado de instrucción consideraba probado que B.B.G. es la propietaria del piso ubicado en la calle de la Estela. Cuando la mujer volvió al domicilio, al principio de noviembre de 2015, se dio cuenta de que alguien había cambiado la cerradura y, cuando llamó a la puerta, comprobó que había un hombre marroquí y su familia viviendo en la vivienda, según señala la resolución.

Ante esta situación, la propietaria les requirió que abandonaran la finca, pero estos le respondieron «que no estaban dispuestos a irse». Por todo ello, el 10 de noviembre de 2015 la mujer interpuso una denuncia a la policía. Posteriormente, los Mossos se desplazaron a la vivienda e identificaron en A.A. y a S. A. como las personas que lo ocupaban.

El juez condenó al hombre y la mujer a una pena de 90 euros de multa cada uno por un delito leve de usurpación de bienes inmuebles, y a dejar la vivienda «vacía, libre, practicable y a disposición de la propietaria, en el plazo máximo de diez días, siendo desalojado forzosamente en caso contrario».

Los ocupas interpusieron un recurso de apelación ante la Audiencia de Tarragona aduciendo que no se habían acreditado las condiciones de posesión de la vivienda y que creían que el piso pertenecía a un banco. Según el tribunal, la titular siempre poseyó el inmueble de manera efectiva e inmediata, pagando suministros y cuotas, incluso cuando su hijo no residía allí porque lo estaba cuidando.

El magistrado subraya que, desde que se dio cuenta de la ocupación ilegítima, la propietaria instó a los acusados a abandonar la vivienda «para carecer de ningún título legítimo para permanecer, haciendo caso omiso de su requerimiento.» Al contrario de la opinión de la defensa, la Audiencia identifica en el acto de ocupación material del inmueble una «finalidad usurpadora» y «una lesión significativa» de los derechos de posesión de la propietaria del piso, que considera «penalmente relevantes».

En una sentencia dictada el pasado 8 de mayo, en la cual ha tenido acceso el ACN, la Audiencia rechazó los recursos de apelación de los ocupas contra la resolución del juzgado de instrucción número 5 del Vendrell de 5 de octubre de 2016. De esta manera, la Audiencia confirma la condena y obliga a la familia a abandonar la vivienda.

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