La Audiencia decide que un tribunal profesional juzgue el caso Tecnoparc
Desestiman el recurso presentado por el Ministerio Fiscal a través del cual pedían que fuera un jurado popular que se ocupara
La Sección Cuarta del Audiencia provincial de Tarragona ha ratificado que el juicio del caso Tecnoparcsea juzgado a través de un tribunal profesional y no un jurado popular, dejando así atrás las peticiones del Ministerio Fiscal. Según un auto en el cual ha tenido acceso Diari Més, la Audiencia provincial ha desestimado el recurso que había presentado Fiscalia el pasado 17 de mayo, cuenta la resolución del Juzgado de Instrucción número 1 de Reus que ya había determinado que un jurado profesional –integrado por jueces y no por ciudadanos– se ocupara. El caso se ha instruido en paralelo con el caso Innova y, ahora, se priva a la espera de conocer la fecha del juicio oral.
La investigación busca revelar si el expresidente de la sociedad de capital mixto TecnoparcS.A., Àngel Cunillera, y el exconcejal y exconsejerode la sociedad, Jordi Bergadà, cobraron presuntamente de manera irregular una suma de facturas valoradas en más de 144.000 euros. Esta situación fue denunciada por Ara Reus, hace más de cuatro años. El concejal de la formación, Daniel Rubio, subraya que «nosotros sólo queremos que los señores Cunillera y Bergadà devuelvan el dinero que se apropió a los ciudadanos de Reus». Asimismo, asegura que «una vez lo hayan hecho, nos apartaremos del caso y no iremos contra nadie. No queremos hacer una persecuciónpolítica ni de estas dos personas, pero tenemos claro que este dinero no lo podían cobrar, tal como quedaba claro en los status de las sociedades». Además, recuerda que, a raíz de la querella presentada por ahora Reus, después también se personó el Ayuntamiento de Reus en esta causa. Concretamente, el caso investiga Cunillera, que habría cobrado irregularmente más de 81.000 euros, y Bergadà, que cobró 33.000 euros. También el exgerente del Tecnoparc, Xavier Gómez, y el empresario y exconsejerode la sociedad, Ramon Urgellès.
El Audiencia provincial ha decidido desestimar el recurso interpuesto por el fiscal porque considera que este es «improcedente» y porque «presenta varias dudas a la hora de poder determinar que se interpuso dentro del plazo previsto por ley». Así, en el auto explican que «si bien no consta la fecha en la diligencia de notificación remitida a Fiscalía, la misma aparece unida en las actuaciones de manera consecutiva al auto del 7 de marzo de 2016». Sin embargo, se detalla que «el recurso de reforma se interpuso por el Ministerio Fiscal en fecha del 4 de abril de 2016 y no aparece ninguna explicación sobre las razones de la falta de constancia de la fecha de notificación».
Hay que recordar que, meses atrás, la fiscalía consideró que Gómez y Urgellès como cooperadores necesarios y estimaba que, a los delitos de falsedad documental y estafa, se tendría que sumar un delito de malversación de caudales públicos. Remarcaba también la vinculación de los fondos del Tecnoparccon la administración pública, teniendo en cuenta el objeto social de la sociedad –promocionar la zona y atraer nuevas empresas–, su vinculación con el Ayuntamiento de Reus –el exalcalde, Lluís Miquel Pérez, fue presidente–, su capital mayoritariamente público y unos fondos con vocación de servicio público.