Judicial
Dos Policías Nacionales de Reus ganan un juicio en Interior por discriminación
El complemento salarial que reciben como investigadoras en la Comisaría Local es más bajo que el de los de Brigadas Provinciales o Servicios Centrales
Dos agentes del cuerpo de la Policía Nacional destinadas a la Comisaría Local de Reus han ganado un juicio al Ministerio del Interior por un caso que ellas consideran discriminación salarial. Creen injusto que el complemento que reciben por sus tareas de investigación en la comisaría reusense –2.687 euros– sea menor que el que cobran compañeros suyos destinados a las Brigadas Provinciales o a los Servicios Centrales –3.011 euros. Afirman que hacen las mismas funciones y tienen las mismas responsabilidades de investigación que los agentes de otras destinaciones y que, por lo tanto, tendrían que percibir lo mismo.
El titular de la sección Cuarta del Tribunal Contencioso Administrativo les dio la razón en una sentencia formulada el pasado mes de mayo. En esta, considera que la defensa del Ministerio del Interior no ha dado bastantes argumentos para justificar que no cobren lo mismo, y condena a la administración a pagar a las dos agentes la diferencia entre los dos complementos. Además, obliga a hacerlo de forma retroactiva, empezando por el 25 de noviembre de 2011, y añadiendo los intereses que correspondan.
Con esta sentencia, las dos agentes consiguen una primera victoria a una reclamación que formularon hace más de un año y medio. A principios de febrero del año pasado, la Dirección General de la Policía los denegó una solicitud donde ya pedían que les abonaran al diferencia entre el complemento específico correspondiente al puesto de trabajo de Personal Operativo de Investigación en la Comisaría Local, y el que percibían funcionarios que ocupan un puesto de idéntica denominación a Servicios Centrales o a las Jefaturas Superiores de Madrid o de Cataluña.
A finales de mayo del mismo año, las agentes denunciaron el caso al Tribunal Contencioso Administrativo, que ha fallado a favor suyo. Un año después, el juez ha anulado la resolución de la Dirección General de Policía, por «no ajustarse al derecho», y ha obligado al Estado a hacer el pago de la diferencia. Las agentes también pedían que el Ministerio del Interior pagara los gastos del juicio, pero en este caso el juez no lo ha estimado oportuno.
«Inactividad procesal»
En la sentencia, el juez afirma que el resultado de esta se debe a una «inactividad procesal» del Abogado del Estado, que no habría aportado de forma pertinente lo que se le había pedido como pruebas que justificaran la diferencia salarial: «La Administración no ha aportado la prueba ni ha remitido los informes justificativos interesados con la finalidad de poder comparar la situación de la recurrente con la de los funcionarios que ocupan los otros puestos de trabajo con los que se compara (los que relaciona la demanda), y que perciben unas retribuciones superiores».
El juez considera que era una prueba que era «fácil» de aportar para la administración, porque «es la que dispone de todos los elementos objetivos necesarios utilizados en la valoración de los puestos de trabajos comparados». Y añade: «Es evidente que si existieran datos objetivos diferentes entre el puesto de trabajo ocupado por la demandante y los que se utilitzaen a modo de comparación, estaría justificada la diferencia retributiva aplicada al Catálogo de Puestos de Trabajo».