Diari Més

La ley aporta al consistorio margen hasta el 2018 en la administración electrónica

Un informe del Secretario por la queja de un usuario subraya que el Ayuntamiento dispone de 13 meses para implantar ciertos trámites

Una de les darreres millores implantades en aquest àmbit a Reus ha estat la signatura biomètrica.

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El Ayuntamiento de Reus no tendrá que completar el despliegue de la administración electrónica hasta octubre del próximo 2018. Lo dice la misma ley 39/2015 que regula el Procedimiento Administrativo Común y lo certifica un reciente informe firmado por el Secretario General que ha analizado el alcance de la norma a raíz de la reclamación originada por un caso particular. La gestión telemática de algunos trámites ha resultado en las últimas semanas objeto de polémica a raíz de las quejas de varios colectivos. Uno de ellos, la Federación de Asociaciones de Vecinos (FAVR), que lamentaba en un escrito con fecha del pasado 15 de junio y vinculado a las subvenciones a entidades vecinales para el 2017 la «multitud de problemas que nos ha ocasionado la plataforma digital» al solicitar las ayudas. El consistorio recordaba entonces que «los servicios informáticos municipales han ido introduciendo mejoras continuas para simplificar la tramitación digital» y que «el personal administrativo ha reforzado el servicio» para guiar el funcionamiento.

Un episodio similar se dio con los importes pendientes de abonar a las AMPA en concepto de becas para el comedor escolar, que el PSC reclamaba a principios de agosto para el último trimestre del curso 2016-17 en lo que consideraba una situación «inaceptable». Las cantidades el consistorio las hizo efectivas el 27 de agosto, vencido el plazo, a consecuencia de «una avería en el sistema de gestión informática de la tramitación de pagos», tal como apuntaban desde el Ayuntamiento. Igualmente en los últimos meses, diferentes plataformas y partidos políticos han reivindicado cambios en este ámbito, ahora que se acerca la fecha en que su implantación definitiva tendrá lugar en Reus y en el global de las administraciones.

Plan de transformación digital

El consistorio ejecuta desde años atrás un plan de transformación digital pionero y que agrupa una quincena de proyectos tecnológicos con un presupuesto acumulado de 350.000 euros. La planificación le ha permitido adelantarse en los plazos de algunas de las cuestiones relativas a este campo, como la Ventanilla Única Empresarial, la inscripción de actividades por internet o el envío y gestión integral de quejas e incidencia a través de un buzón ciudadano. En este sentido, el Ayuntamiento recibió en enero, por segundo año consecutivo, un Premio Administración Abierta que reconoce el uso de herramientas de administración electrónica.

La reclamación en el Registro

La queja que desembocó en el informe de la Secretaría General, sin embargo, es la de un usuario que, a principios de febrero, acudió al Registro General reusense por una instancia que iba dirigida al Ayuntamiento de l'Hospitalet de Llobregat. El Ayuntamiento de Reus no le aceptó por falta de convenio, a pesar de apelar el usuario a la propia ley 39/2015. Esta establece en su artículo 16 que cada administración tiene que disponer de un Registro Electrónico General y –tal como queda detallado en el apartado 4 del mismo artículo–los documentos que los interesados dirijan en los órganos de las administraciones públicas pueden presentarse en diferentes lugares. Entre ellos, las entidades que integran la administración local. Con todo, y tal como precisa el informe firmado por el Secretario «la disposición final séptima del mismo texto legal determina que las previsiones relativas al registro electrónico producirán sus efectos a los dos años de la entrada en vigor de la ley», la cual se produjo en octubre del 2016. Es decir, que no tendrán que aplicarse por obligación plenamente hasta «el día 2 de octubre del 2018».

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