Diari Més

El Supremo anula una indemnización a un discapacitado por haber escondido parte de su enfermedad

Los juzgados reusenses habían obligado a la aseguradora a pagar 62.000 euros por invalidez permanente

Foto de archivo de los juzgados de Reus, en la avenida Marià Fortuny.

El Supremo anula una indemnización a un discapacitado por haber escondido parte de su enfermedadOlívia Molet

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El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Reus que obligaba a la aseguradora Zurich a pagar a un hombre los 62.000 euros de indemnización de la cláusula de incapacidad permanente que formaba parte de su seguro de vida. La sentencia final, dictada el pasado 4 de octubre, considera probado que en el momento de contratar el seguro el hombre escondió voluntariamente a la compañía que sufría una parálisis parcial en la pierna izquierda, que posteriormente habría derivado en la pérdida de movilidad en las dos piernas.

La aseguradora había declinado pagar la indemnización basándose en la respuesta negativa de su cliente en el cuestionario que rellenó en el momento de la contratación del servicio. En este documento, se le preguntaba si sufría o había sufrido algún tipo de enfermedad o accidente que le hubiera dejado alguna secuela o que necesitara algún tratamiento médico, régimen o intervención quirúrgica.

El juzgado reusense consideró probado que la enfermedad que derivó en la invalidez, así como su tratamiento, eran anteriores al cuestionario que rellenó. Sin embargo, determinó que la conducta del asegurado, «de reserva o inexactitud, no se podía calificar de dolosa ni de gravemente inculpatoria», porque «era una persona sin formación específica, que no tenía conciencia de su enfermedad ni de su gravedad, y porque la parquedad y la generalidad del cuestionario no podía operar contra el asegurado, cuya falta de diligencia no se podía considerar grave». Por eso, estimó la demanda y obligó a la empresa a pagarle los 62.000 euros y los intereses pertinentes.

La compañía aseguradora presentó un recurso de apelación a lo Audiencia provincial de Tarragona, que en segunda instancia anuló la sentencia del juzgado reusense y dio la razón a Zurich, considerando que el asegurado actuó de forma fraudulenta porque sabía que tenía un problema médico y que estaba siguiendo un tratamiento, cosa que no declaró cuándo lo negó en el cuestionario. También recordó que estos cuestionarios «no están sujetos a ninguna forma especial». El asegurado hizo un recurso extraordinario por infracción procesal y un recurso de casación, pero los dos han sido desestimados y además tendrá que pagar los gastos del juicio.

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