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Política

Anulada la proclamación de Pellicer como alcalde por la negativa de la CUP a acatar la Constitución

El Ayuntamiento de Reus celebrará el miércoles un pleno extraordinario para repetir la votación

El alcalde de Reus, Carles Pellicer, en el momento de recoger la vara de alcalde.

Carles Pellicer es investido alcalde de Reus con los votos de Juntos, ERC y Ara ReusACN

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La sala contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado este martes la elección y proclamación de Carles Pellicer (JxCat) como alcalde de Reus por la negativa de los tres concejales de la CUP de jurar o prometer acatar la Constitución. Pellicer fue elegido por los votos de su formación, ERC y Ara Reus, mientras los tres cupaires hicieron un voto nulo, ya que escribieron el nombre de Noemí Llauradó, cabeza de lista de ERC que no se presentó a la investidura a raíz del pacto con Junts. De todos modos, al haber sido una votación secreta, el tribunal considera que la votación se tiene que repetir porque no hay evidencias de que votó a cada concejal. El recurso lo presentó el 20 de junio el cabeza de lista de Vox en la ciudad y número 2 de la formación en la demarcación. ERC y Junts se opusieron al recurso, mientras que la fiscalía instó a admitirlo a trámite sólo en el caso de los concejales cupaires.

El recurso contencioso-electoral pretendía anular el nombramiento como concejales de las miembros de Junts Montserrat Vilella y Maria Teresa Pallarès, de ERC, Noemí Llauradó, Daniel Recasens, Montserrat Flores, Carles Prats, Marina Berasategui y Òscar Subirats, y de los tres cupaires: Marta Llorens, Edgar Fernández y Mònica Pàmies. También pedía anular todas las votaciones en las que hubieran participado porque no habrían adquirido la condición plena de concejales por «fraude de ley, desnaturalización o vaciado de contenido del juramento o promesa», ya que los concejales de ERC y Junts habían prometido o jurado «por imperativo legal» o «porque lo manda la ley». En el caso de la CUP la fórmula utilizada fue la siguiente: «Ni juro ni prometo, simplemente acato un procedimiento forzada y obligada por la Junta Electoral Central».

El acto de toma de posesión del acto de concejales estuvo marcado por la intervención de la candidata de Cs, Débora Garcia. En su discurso opinó que la fórmula utilizada por los concejales de ERC, a los que citó con nombre y apellido, no se ajustaba a la Constitución e instó al presidente de la mesa de edad a que les hiciera repetir a fin de que acataran escrupulosamente la ley. Sus palabras provocaron la reacción airada del público. La petición no fue atendida por el presidente de la mesa de edad, Carles Prats (ERC).

Los magistrados consideran que la fórmula de ERC y Junts es válida y amparada en amplia jurisprudencia constitucional. En cambio, la fórmula de la CUP no deja lugar a la ambigüedad, dicen los magistrados. Pero el tribunal recuerda que los cargos electos están obligados a jurar o prometer la Constitución, aunque no estén de acuerdo. «No se trata de que se haga el juramento o promesa condicionado, adulterado, limitado, trivializado o banalizado, sino sencillamente que se niega explícita y abiertamente, sin lugar a dudas», argumenta.

Esta falta de acatamiento comporta que los concejales no tuvieran la condición plena de miembros del plenario municipal, cosa que les impedía participar en la votación inmediata del alcalde, que fue elegido, en votación secreta y con mayoría absoluta. Eso, según el tribunal, comporta la anulación de la votación y, por lo tanto, de la elección y proclamación de Pellicer como alcalde. Como los votos mínimos para la mayoría absoluta son 14, y Pellicer obtuvo 15, el tribunal considera que los tres votos de la CUP podían ser claves.

La sentencia, que sólo se puede recurrir ante el Tribunal Constitucional, dictamina que se tiene que proceder a una nueva votación en tres meses.

Impulso Ciudadano celebra la decisión

Según la entidad españolista Impulso Ciudadano, la sentencia deja claro que para acceder al cargo de concejal se tiene que acatar expresamente la Constitución y, que no pueden participar en la constitución de las corporaciones locales y en las elecciones de alcaldes los que «se sitúen al margen de la legalidad constitucional», como ha pasado con los tres concejales de la CUP de Reus que se negaron abiertamente a jurar o prometer la Constitución, manifestando que simplemente acataban el procedimiento forzados y obligados por la Junta Electoral Central.

En este sentido, la entidad celebra la interpretación que ha hecho el TSJC, que ha considerado que estos electos no tendrían que haber participado en la votación para la elección del alcalde, que tuvo lugar en la misma sesión constitutiva, y ha procedido a su invalidación.

En relación a las fórmulas utilizadas por otros electos independentistas de Reus, que complementaban la promesa de acatamiento en la Constitución con expresiones aparentemente incompatibles como la adhesión a los valores de la República catalana o la independencia de Cataluña, Impulso Ciudadano considera que la sala ha adoptado un criterio «muy flexible», en el sentido que estas fórmulas «esconden un evidente fraude de ley».

A la vista del anterior, reclaman que los cargos electos de Reus acepten la interpretación efectuada por el tribunal, que exige el acatamiento claro del texto constitucional, de manera que la defensa de cualquier legítimo anhelo político sólo pueda realizarse por la vía de la legalidad.

Al mismo tiempo, consideran pertinente simplificar la fórmula de acatamiento y establecer un procedimiento reglado que se limite al compromiso escrito del juramento o promesa de cumplimiento para los electos y que evite expresiones fraudulentas o inadecuadas que contravengan el principio de sumisión de los poderes públicos al ordenamiento jurídico.

Impulso Ciudadano asegura que mantiene una actitud firme en defensa de la limpieza de los procesos electorales, «cosa que exige un comportamiento neutral por parte de las instituciones públicas». En esta línea, han asesorado candidatos de varias formaciones que se han puesto en contacto con la entidad «preocupados por la protección de los derechos y valores constitucionales». Sus servicios jurídicos procederán al estudio de la sentencia por si fuera pertinente la interposición de recurso de amparo para que el Tribunal Constitucional tenga ocasión de delimitar si son ajustadas o no a derecho todas las fórmulas utilizadas.

Nuevo juramento miércoles

El Ayuntamiento de Reus celebrará este miércoles a las cuatro de la tarde un pleno extraordinario para volver a escoger alcalde. La decisión la ha tomado el secretario general del consistorio a raíz de la sentencia del TSJC.

Pellicer fue elegido por los votos de su formación y ERC, mientras los tres cupaires hicieron un voto nulo, ya que escribieron el nombre de Noemí Llauradó, cabeza de lista de ERC que no se presentó a la investidura a raíz del pacto con Juntos. De todos modos, al haber sido una votación secreta, el tribunal considera que la votación se tiene que repetir porque no hay evidencias de que votó a cada concejal.

Antes del plenario de este miércoles, los tres regidores de la CUP podrán volver a formular el juramento o promesa de la Constitución para poder participar en la elección, según han explicado fuentes de la formación anticapitalista han explicado a ACN. También han afirmado que se estudiará la fórmula que usarán pero que no bloquearán el plenario ni su condición de regidores y que optarán por alguna opción que exprese el acatamiento de la Constitución por imperativo legal.

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