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El Ayuntamiento de Reus ya puede multar a los que no remojen las micciones de su perro

La infracción se ha incluido como leve a la ordenanza de civismo, que perseguirá la mendicidad «agresiva» y el uso del patinete en la acera

Una imagen de archivo de un perro en la plaza del Mercadal.

El Ayuntamiento de Reus ya puede multar a los que no remojen las micciones de su perroOlívia Molet

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El gobierno modificará algunos artículos de la ordenanza de civismo para incluir la obligación de remojar los orines de las mascotas en la vía pública. El redactado final detallará que «en caso de que no se pueda evitar la micción de estos animales, se tendrá que limpiar inmediatamente con agua el espacio donde se ha producido». No realizar este gesto estará tipificado como infracción leve que implica sanciones económicas de hasta 600 euros.

A pesar de haber anunciado públicamente, el pasado mes de marzo, que empezaría a multar a los propietarios que no vertieran agua sobre las micciones, el gobierno no estaba facultado para hacerlo y no lo estará hasta la entrada en vigor de estas modificaciones, que superarán el viernes 29 de noviembre el primer trámite en forma de la aprobación por parte de pleno. Por eso, la función de la Guardia Urbana en este aspecto se ha limitado todo este tiempo a informar y advertir.

El texto todavía vigente se ceñía a la regulación de las defecaciones en la vía pública y las micciones en fachadas y mobiliario urbano, pero no abordaba estrictamente la cuestión de los orines fuera de aquí. En concreto, en el primer punto del artículo 22, en el capítulo relacionado con perros, la ordenanza de civismo de Reus contemplaba que «las personas que paseen animales de compañía y las personas propietarias o poseedoras de estos animales tendrán que evitar que defequen en la vía pública o en cualquier espacio de uso público, y también que hagan sus micciones en las fachadas de los edificios o al mobiliario urbano».

La conducta de «no evitar que los animales hagan sus micciones en las fachadas de los edificios o al mobiliario urbano» está recogida como infracción grave. Y las infracciones graves comportan multas de hasta 1.200 euros. El nuevo redactado se extenderá a las micciones a la vía pública.

En la ciudad hay unos 16.000 perros que dejan, según datos hechos públicos por el Ayuntamiento, 17,5 millones de micciones anuales. Centros cívicos y comercios han distribuido entre los dueños más de 6.000 botellas para llevar el agua en los paseos y remojar los orines, en el marco de la campaña Yo mojo, tú remojas, que ha difundido la acción de tirar agua encima de las micciones de las mascotas.

Con el torso desnudo por la vía pública

La modificación de la ordenanza de civismo no es espontánea. La realiza ahora el gobierno para ajustarse a la sentencia con que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dio la razón a la CUP después de que la formación presentara recurso contra tres puntos.

En detalle, el TSJC anula dos de los puntos: el 18.1, que indicaba que «no es permitida la mendicidad dentro del conjunto del término municipal. Se prohíben de manera expresa todas las conductas que, bajo la apariencia de mendicidad, encubran actuaciones organizadas que impliquen actitudes coactivas o bien de acoso a las personas, o bien que obstaculicen e impidan su libre tráfico por las vías y los espacios públicos»; y el 34.q, que prohibía «ir por la vía o por los espacios públicos total o parcialmente desnudo o desnuda».

Con respecto a la mendicidad, el redactado final especificará que «no se permite la mendicidad de forma agresiva, insistente o intrusiva hacia a los peatones, o bien que obstaculice el libre tráfico por las vías o espacios públicos, o que responda a una estructura organizada; tampoco se permite la mendicidad que se practique de forma directa o indirecta con menores o personas con discapacidad o acompañándose de estos, dentro del conjunto del término municipal».

El nuevo punto sobre la regulación de ir desnudo por la vía pública prohibirá «ir desnudo o desnuda o con el torso totalmente desnudo por la vía pública o por los espacios públicos, excepto las piscinas o los otros espacios donde esté expresamente autorizado». Las dos son infracciones leves.

Espacios reservados para peatones

Aprovechando los movimientos, y a pesar de que multar por esta cuestión sí que ya era posible, el gobierno entra en el detalle de la cuestión de los patinetes a motor y prohibirá «circular en bicicleta, patines, monopatines u otros vehículos de movilidad personal por las aceras o por otros espacios destinados al uso de los peatones (como plazas, calles de peatones, etc), excepto aquellos espacios en qué haya un carril expresamente destinado a esta finalidad».

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