Diari Més

Municipal

Los concejales de Reus de permiso de paternidad o enfermos podrán votar al pleno desde casa

El nou ROM, que se aprobará el viernes, prevé que se pueda ejercer este derecho «a distancia» y que el actual voto a mano alzada pase a ser electrónico

Una imagen de archivo de una de las sesiones de pleno de este mandato.

Los concejales de Reus de permiso de paternidad o enfermos podrán votar al pleno desde casaOlívia Molet

Publicado por

Creado:

Actualizado:

El nuevo Reglamento Orgánico Municipal (ROM), que el gobierno llevará a aprobación inicial del plenario este viernes día 29 de noviembre, prevé que los concejales que, por razones de enfermedad grave o por permisos de paternidad, no estén en condiciones de acudir físicamente al salón dispongan del voto telemático a los plenos y puedan ejercer este derecho «a distancia, desde casa».

El documento fija las bases, igualmente, para materializar el cambio del actual voto a mano alzada al voto electrónico, cuyo sistema ya se está montando y entrará en funcionamiento «pronto».

Vinculado al Reglamento de Participación Ciudadana que recibió luz verde en septiembre, el ROM posibilita ahora «la intervención de la ciudadanía al pleno y a las comisiones informativas, siempre cumpliendo determinados requisitos, y que algunos de los asuntos de la Junta de Gobierno se aborden en público».

También recoge la figura de la vicealcaldía, regula la toma de acuerdos al inicio de mandato para concretar la cantidad de iniciativas que presente cada grupo y el tiempo de las intervenciones –cosa que ya se vendía haciendo hasta ahora de forma más informal para acotar la extensión de las sesiones– y crea el pleno del estado de la ciudad, «un pleno extraordinario que se hará al ecuador del mandato».

La previsión es que la entrada en vigor del ROM se produzca el 1 de enero del 2020. La elaboración del documento que ahora se aprobará se remonta al del 2015, cuando el pleno ordenó el inicio de los movimientos para modificar el texto vigente, que fecha del 2003. La concejala de Participación, Buen Gobierno y Servicios Generales, Montserrat Flores, precisa al Diari Més que «lo que se ha hecho es actualizar el documento a las nuevas circunstancias» y recuerda que «este es un trabajo que inició a Joaquim Enrech en su etapa como concejal de Servicios Generales» y que el nou ROM «cuenta con aportaciones de todos los grupos».

El objeto del ROM es definir el régimen organizativo del Ayuntamiento y concretar el funcionamiento de los órganos municipales. El borrador del texto es público desde hace algunos días a fin de que «cualquiera lo haya podido consultar antes de que se apruebe inicialmente».

Tan solos casos graves y justificados

Con respecto a la cuestión del voto telemático, el ROM detalla que «las concejalas y concejales que disfruten del permiso de maternidad o paternidad, así como aquellos que por razones de enfermedad o accidente graves y que estén debidamente justificados que quedan claramente impedidos para asistir personalmente a la sesión podrán ejercer sus derechos a distancia, participando en el debate y votación de los asuntos a tratar a las sesiones plenarias mediante procedimientos telemáticos, siempre que quede garantizado el sentido del voto y de su libertad para emitirlo y se trate de votaciones ordinarias o nominales públicas».

Floras expresa que «entre otras cosas, esta es una medida de igualdad de género» dado que «si la trasladamos a la realidad, son las mujeres las que más permisos de maternidad están cogiendo ahora». En relación en el voto electrónico, el ROM establece que «por resolución de la Alcaldía se podrá acordar la implementación de sistemas automatizados de emisión y recuento de votos en las votaciones ordinarias y nominales públicas».

La nueva figura de la vicealcaldía

Sobre la figura de la vicealcaldía, el ROM marca que «el alcalde o alcaldesa podrá designar como vicealcalde o vicealcaldesa el concejal o concejala que ocupe la primera tenencia de alcaldía, que sustituirá de forma ordinaria y preferente al alcalde en caso de vacante, de ausencia o de enfermedad, y ocupará una posición singular y preferente a efectos ejecutivos y de protocolo dentro del gobierno municipal».

«La vicealcaldía», así, «asumirá, más allá de las funciones que le correspondan, las que el alcalde o alcaldesa le delegue de forma específica».

Plazos de acceso a la información

El ROM también regula el margen de que dispone la administración para facilitar el acceso a documentación a los concejales, y detalla que esta «procurará entregarse» en un máximo de 15 días. A pesar de que el ROM se aprobará de manera inicial ahora, quedan algunos anexos que pasarán pleno siguiente pleno relacionados con las declaraciones de bienes de los concejales. Flores destaca que, en el documento, se ha buscado un lenguaje adecuado y uno redactado «que dure en el tiempo, que no quede obsoleto y permita la vigencia del ROM durante un periodo considerable».

tracking