Política municipal
Reus prohíbe la mendicidad «insistente» y «agresiva» en la calle
La actualización de la ordenanza de civismo también restringe el uso de los vehículos de movilidad personal por la acera
El pleno del Ayuntamiento de Reus ha aprobado de manera definitiva este viernes la modificación de la ordenanza de civismo. Los cambios, que ya fueron aprobados inicialmente el noviembre pasado, adecuan la ordenanza a la sentencia del TSJC que pedía más concreción sobre la regulación de la mendicidad y la prohibición de ir desnudo por la vía pública; y se incorpora la obligación de limpiar con agua las micciones de los animales de compañía en la vía pública. La normativa también concreta de manera expresa los vehículos de movilidad personal como elementos de movilidad que tienen prohibido circular por las aceras. Este punto se ha modificado nuevamente este viernes con la estimación parcial de la alegación presentada por una entidad.
El texto final regula la mendicidad cuando la manera como se ejerce puede poner en cuestión la «convivencia en la vía pública», según el Ayuntamiento. La ordenanza especifica que «no se permite la mendicidad de forma agresiva, insistente o intrusiva hacia a los peatones, o bien que obstaculice el libre tráfico por las vías o espacios públicos, o que responda a una estructura organizada; tampoco se permite la mendicidad que se practique de forma directa o indirecta con menores o personas con discapacidad o acompañándose de estos, dentro del conjunto del término municipal».
De acuerdo también a la sentencia del TSJC, se concreta la regulación de la prohibición de ir desnudo por la vía pública y se prohíbe «ir desnudo o desnuda, o con el torso totalmente desnudo por la vía pública o por los espacios públicos, excepto las piscinas o los otros espacios donde esté expresamente autorizado».
La modificación de la ordenanza de civismo incorpora de forma más clara y precisa la obligación de limpiar con agua las micciones de los animales de compañía en la vía pública o en cualquier espacio de uso público, e incorporar asimismo el incumplimiento de esta obligación como infracción leve. El redactado final incluye que «en caso de que no se pueda evitar la micción de estos animales se tendrá que limpiar inmediatamente con agua el espacio donde se ha producido la micción».
El texto todavía vigente se limitaba a regular que las personas que pasean animales de compañía tendrán que evitar que los animales defequen en la vía pública, y también que hagan sus micciones a los espacios públicos o de uso público, y especialmente en las fachadas de los edificios o en el mobiliario urbano. La recogida o limpieza de las deposiciones se limitaba a las defecaciones. El nuevo texto lo aclara y se extiende a las micciones, según detalla el Ayuntamiento
Vehículos de movilidad personal
Finalmente, el nuevo texto equipara los vehículos de movilidad en las bicicletas como elementos de movilidad que no pueden circular por las aceras u otros espacios destinados a uso de los peatones; y los diferencia de otros elementos como patines, monopatines o similares, que tampoco podrán circular por la acera a excepción que lo hagan a paso de persona y siempre que no haya un carril o vía habilitada expresamente.
En este sentido, la redacción final del artículo prohíbe «salvando lo que pueda disponer la normativa sobre tráfico y circulación de vehículos, circular en bicicleta u otros vehículos de movilidad personal (VMP) por las aceras u otros espacios peatonals o zonas destinadas al uso de peatones. Tampoco se permite circular con patines, monopatines u otros aparatos similares por las aceras u otros espacios destinados al uso de los peatones, a excepción que lo hagan a paso de persona, y siempre que no exista carril o vía expresamente habilitada con esta finalidad y no sean arrastrados por otros vehículos».
La prohibición ya quedaba fijada en el texto vigente al definir los VMP como «similares» a patinetes y bicicletas, según la corporación municipal, con el nuevo redactado «se precisa de manera clara, vista la proliferación de esta tipología de vehículos en la ciudad».
En vigor en julio
Las novedades de la ordenanza entrarán en vigor 15 días después de la publicación del acuerdo del plenario en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona (BOPT). Según el Ayuntamiento, el texto final de la normativa municipal «mantiene el objetivo de adaptarse a las novedades normativas y reforzar la voluntad política de velar por la convivencia a través de una herramienta que se ha demostrado efectiva para resolver las situaciones que puedan alterarla».