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Indemnizan a la familia de una mujer que murió después de una operación en el Sant Joan de Reus

La aseguradora ha sido condenada a pagar al marido y a sus dos hijos 273.083 euros

Imagen del Hospital Sant Joan de Reus.

Hospital Sant Joan de Reus, centro sanitaria, covid-19 pandemia, coronavirusOlívia Molet

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El Juzgado de primera instancia de Barcelona ha ordenado a Zúrich, la aseguradora del Servei Català de la Salut, a indemnizar a la familia de una mujer de 70 años que murió después de ser operada al hospital Sant Joan de Reus.

La paciente, de 70 años, se sometió a una cirugía bariátrica, la sentencia recopila que la paciente no cumplía los requisitos necesarios para recibir este tipo de operación. La cirugía bariátrica es un conjunto de técnicas quirúrgicas que se utilizan para tratar la obesidad mórbida. La intervención se llevó a cabo el 16 de abril de 2016 y la paciente murió en octubre de aquel mismo año.

Para el juez, se produjo una «indebida recomendación» a la paciente para someterse a una cirugía bariátrica, ya que «no cumplía con los parámetros necesarios por los cuales está indicada este complicada y arriesgada» intervención quirúrgica.

«Sus circunstancias personales, antecedentes y enfermedades estaban fuera de los parámetros protocolariamente previstos para esta intervención y, no obstante, se le recomendó como tratamiento conveniente e idóneo para su enfermedad», sostiene al magistrado en su resolución.

En este sentido, el juez ha alegado que se podría haber seguido explorando otro tipo de actuaciones menos agresivas y arriesgadas que las que se derivarían de la cirugía bariátrica».

«En este caso, no ha quedado probado que una intervención de cirugía bariátrica, atendiendo sus significativos riesgos y posibles complicaciones, resultara una actuación médica más aconsejable para la paciente que la de no operar», razona el juez, y añade: «Dicho de otra manera, no se ha probado que, en caso de que no se hubiera operado, hubiera visto decrecidas de manera significativa sus expectativas de vida, hasta el punto de poder considerarse idóneo y aconsejable someterse a esta intervención, a pesar de sus evidentes riesgos y posibles complicaciones que podían derivarse,» concluye el juez.

En un primer momento la compañía aseguradora no se quería hacer cargo de la indemnización pero ahora, la sentencia le obliga a pagar 118.591 a su marido, 50.400 a uno de sus hijos y 20.400 en el otro, aparte de pagar 83.692 en intereses y hacer frente a los costes judiciales.

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