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Reus aprueba la Ordenanza de Movilidad Sostenible

La norma tiene que fomentar el transporte y la movilidad sostenible en la ciudad con seguridad jurídica y de acuerdo con las directrices fijadas

Imatge del ple de l'Ajuntament de Reus, on s'ha aprovat l'Ordenança de Mobilitat Sostenible.

Reus aprueba la Ordenanza de Movilidad SostenibleAjuntament de Reus

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El Pleno del Ayuntamiento de Reus ha aprobado de manera inicial este viernes, 18 de noviembre, la Ordenanza de Movilidad Sostenible, la nueva norma municipal que tiene que fomentar el transporte y la movilidad sostenible en la ciudad con seguridad jurídica y de acuerdo con las directrices fijadas ente los numerosos instrumentos de planificación internacionales y nacionales en esta materia, prestando especial atención a la Agenda Urbana de Cataluña. La ordenanza es fruto de los trabajos de la Comisión Especial de Movilidad Sostenible, que se constituyó en comisión redactora, en la que están representados todos los grupos municipales. Ahora, el texto se abre al trámite de información pública por un plazo de 30 días a fin de que la ciudadanía pueda hacer aportaciones en forma de enmienda.

La actual Ordenanza de Circulación del año 1992 y debido a su antigüedad, ha quedado desconectada de la evolución normativa posterior y la realidad de los nuevos modelos de movilidad, que exigen la configuración de una ciudad más sostenible y comprometida con el medio ambiente.

El marco normativo actual en materia de movilidad, las novedades surgidas en los últimos años, la coexistencia de diferentes planos sectoriales y las necesidades y demandas de la ciudadanía en esta materia justifican la necesidad de una nueva ordenanza municipal de movilidad con el objetivo de garantizar y tejer un nuevo modelo de movilidad más segura, sostenible y saludable, haciéndolo de forma paralela a la revisión del Plan de Movilidad Urbana de Reus.

La nueva norma se estructura en los diez títulos siguientes:

  • El primer título queda dedicado a las normas generales de movilidad, regulación y control ambiental.

  • El segundo título determina los derechos y deberes de las personas peatonas con el fin de garantizar un uso seguro de las vías, tanto para ellos como para el resto de personas usuarias.

  • El título tercero está dedicado a regular los derechos y las obligaciones de bicis y VMP, y las instrucciones que tienen que seguir, así como las restricciones y limitaciones.

  • El título cuarto garantiza una accesibilidad general y asequible al transporte colectivo urbano de personas viajeras, considerándolo el elemento central de la movilidad urbana y establece todas aquellas prioridades y protecciones para una óptima circulación del servicio.

  • En el título quinto se sitúa la regulación de la preferencia de los servicios públicos y de los vehículos de emergencia.

  • El título sexto trata de la distribución urbana de mercancías y operaciones de carga y descarga.

  • En el título séptimo se regula la movilidad en vehículo motorizado, además de indicar derechos, deberes y prohibiciones, también establece protecciones de circulación y prioridades de los usuarios de bicicleta y MVP.

  • El título octavo, sobre la circulación de camiones y mercancías, estipula restricciones por masa máxima autorizada (MMA), peligrosidad de las mercancías y de la acreditación de autorización de circulación.

  • El título noveno regula todos aquellos aspectos relacionados con la parada y estacionamiento de vehículos.

  • Por último, el título décimo está dedicado al régimen sancionador.

Regulación de la zona de bajas emisiones

Una vez aprobado el cuerpo de la ordenanza, el Ayuntamiento convocará de nuevo de Comisión Especial de Movilidad Sostenible para la redacción de una anexo específico para la regulación de la futura zona de bajas emisiones, que el Ayuntamiento trabaja en el marco del proceso de elaboración del Plan de Movilidad Sostenible.

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