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Vivienda

Así se pueden solicitar las subvenciones para el pago de alquiler en Reus

Les subvenciones van dirigidas a jóvenes que tengan hasta 35 años y personas mayores de 65

Vista desde el terrado del Campanario de la PrioralCedida

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El Ajuntament de Reus abre el plazo de solicitud de las subvenciones para el pago del alquiler en régimen de concurrencia competitiva para personas mayores y personas jóvenes del año 2024; ayudas de la Agencia de la Vivienda de Cataluña que gestiona el Ajuntament de Reus a través de la Oficina de la Vivienda. Les personas destinatarias son las personas de 65 años o más y las personas de 35 años o menos titulares de un contrato de alquiler o de cesión de uso de una vivienda o de una habitación que constituya su domicilio habitual y permanente.

En la convocatoria 2023 se resolvieron favorablemente 262 expedientes de solicitud de ayudas a personas mayores, con un importe total de las subvenciones de 444.100,07 euros; y 466 expedientes de ayuda de a jóvenes, con un importe total de las subvenciones de 917.782,15 euros.

Presentación de solicitudes

Les solicitudes se podrán presentar telemáticamente con identificación digital idcatmòbil a través del enlace https://habitatge.gencat.cat/ajutlloguer y y presencialmente en la Oficina de Vivienda con cita previa llamando al 977 010 010 o a través del enlace https://citaprevia.ubintia.com/reus/#nbb

El plazo para presentar las solicitudes es el siguiente:

  • Personas de 65 años o más: del 27 de febrero hasta el 27 de marzo.
  • Personas de 35 años o menos: del 11 de marzo hasta el 12 de abril.

Requisitos

Para poder optar a las ayudas hay que cumplir, entre otros, los requisitos siguientes:

  • Tener la residencia legal en Cataluña y una edad de 65 años o más; o una edad de 35 años o menos.
  • Que la unidad de convivencia tenga una fuente regular de ingresos y que no sobrepasen los 24.301,57 euros (3,05 IRSC).
  • Ser titular de un contrato de alquiler de una vivienda o de una habitación que sea el domicilio habitual y permanente. Hay que estar empadronado.
  • No pagar un alquiler mensual de la vivienda superior a 600 euros o en caso de habitación superior a 300 euros.
  • Cuando se trate de una vivienda: para familias numerosas, familias monoparentales y para unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad legalmente reconocida y baremo movilidad favorable, este importe máximo será de 900 euros en todo el territorio de Cataluña.

Importe de la subvención

El importe de la ayuda será el siguiente:

  • 20% del importe del alquiler anual cuando el esfuerzo por pagar el alquiler sea igual o inferior al 30% de sus ingresos.
  • 30% del importe del alquiler anual cuando el esfuerzo por pagar el alquiler sea superior al 30% e inferior al 40% de los ingresos.
  • 40% del importe del alquiler anual cuando el esfuerzo por pagar el alquiler sea igual o superior al 40% de los ingresos.
  • Se establece un límite máximo de 200 euros mensuales para personas mayores y de 250 euros mensuales para personas jóvenes y un mínimo de 20 euros por vivienda
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