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Tarragona no tendrá que indemnizar con 18 MEUR al antiguo propietario del Fortí de la Reina

El alcalde ha anunciado este jueves que el TSJC da la razón al consistorio en el litigio sobre el derribo, el año 2008, del restaurante ubicado en el baluarte

Imagen de archivo del Fortí de la Reina de Tarragona.

Tarragona no tendrá que indemnizar con 18 MEUR al antiguo propietario del Fortí de la ReinaCristina Aguilar

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El alcalde de Tarragona, Josep Fèlix Ballesteros, ha celebrado este jueves la resolución judicial que ha desestimado la reclamación contra el consistorio de 18 MEUR en concepto de daños por parte del propietario del restaurante del Fortí de la Reina, derribado el año 2008 por irregularidades urbanísticas.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dado la razón en el consistorio respecto de la apelación que en su momento presentó el propietario del Fortín de la Reina, Enric Catà, contra la resolución del Juzgado del Contencioso Administrativo número 1 de Tarragona, que consideró que los hechos habían prescrito, ya que la reclamación se tendría que haber efectuado, como mucho, un año después de la sentencia. Esta sentencia, según explicaba el alcalde Ballesteros ya no se puede recurrir y eso representa, señala que «se cierra definitivamente la historia de litigios del Fortí».

Años de litigios

El Ayuntamiento concedió los permisos para reconvertir el antiguo fortín en un restaurante en 1989, a pesar de que los terrenos tenían la calificación de zona verde. A raíz de la denuncia de una particular, los tribunales requirieron el cierre del restaurante y la restitución del espacio. Después de años de litigios, una sentencia del TSJC acordó que el consistorio tenía que hacer frente a los gastos del escombro, más de 600.000 euros. Después del cierre del restaurando en 2008, los trabajos finalizaron en febrero del 2009 y comportaron el desmontaje de la terraza y el cierre de los ventanales que se habían abierto con vistas al mar. Anteriormente, en 2007 la empresa ya había emprendido un ERO sobre la plantilla, ante la orden de cierre. No fue hasta marzo del 2009, pero, que Catà presentó un contencioso administrativo en que reclamaba una indemnización de casi 18 MEUR al Ayuntamiento de Tarragona. El año 2013 el juzgado contencioso de Tarragona dictó que el plazo para presentar la demanda había expirado el junio del 2008.

A pesar de que el propietario consideraba que tenían que acabar las obras de desmontaje para calcular la indemnización, el TSJC ratificó en noviembre del 2015 que el plazo había expirado. Ahora, en la nueva resolución dictada el mes pasado, el tribunal mantiene el mismo posicionamiento. Los magistrados argumentan que el junio del 2007, cuando se aplicó el ERO y se tenía conocimiento de la orden de cierre, el propietario ya podría haber calculado el coste que tendría la decisión. Por un lado, recoge la interlocutoria, Catá ya conocía la inversión que había supuesto la adecuación del restaurante y también podía hacer un cálculo el lucro cesante y los gastos que tendría a nivel laboral y de desmontaje. Por todo ello, la sala del contencioso administrativo de la Sección Tercera del TSJC ha desestimado la petición de nulidad de la sentencia y, además, ha condenado el propietario del Fortí de la Reina a asumir los costes del procedimiento. La resolución no se puede recorrer y cierra la puerta a la vía judicial.

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