El fiscal pide 3 y 2 años de prisión para dos trabajadores de la Generalitat
Están acusados de falsedad en documento oficial y de un delito de actividades prohibidas para funcionarios
El fiscal pide para dos funcionarios de la Generalitat la pena de 3 y 2 años de prisión, respectivamente, y multa de 10 meses con una cuota diaria de 10 euros en el mes para otros acusados. Hoy, lunes, en la Sala Segunda del Audiencia provincial, se celebrará el juicio en el cual están implicadas varias personas acusadas de un delito de falsedad en documento oficial y un delito de negociaciones y actividades prohibidas para funcionarios. Los hechos ocurrieron en Tarragona entre los años 2000 y 2009.
Según el fiscal, uno de los acusados, funcionario público, entregaba cédulas de habitabilidad en blanco con firma y sello del colegio de Arquitectos de Tarragona que después llenaban a los otros acusados. Los hechos ocurrieron al Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, que instruyó cinco expedientes disciplinarios a sendos funcionarios de los servicios territoriales en Tarragona por supuestas irregularidades en la tramitación de la expedición de cédulas de habitabilidad de vivienda usada. El Departamento inició una investigación a raíz de la denuncia de una ciudadana hecha en mayo del 2009, que daba indicios de estas posibles irregularidades.
La persona que presentó la denuncia explicó que fue a los servicios territoriales de Vivienda en Tarragona a pedir información para tramitar la cédula de habitabilidad de una vivienda usada que quería ceder en alquiler a Adigsa. Cinco minutos después, salió de la oficina con la cédula en vigor, después de haber pagado 165 euros y la tasa correspondiente –en el 2008 era de 5,65 euros– sin que nadie hubiera visitado la vivienda para comprobar la situación del piso ni sus características.
La ley detalla que, para poder ser habitable, toda vivienda tiene que tener una cédula de habitabilidad, que puede ser de dos tipos: de primer ocupación –para las viviendas nuevas– o de segundo ocupación –para los usados. En este segundo caso, para obtener una cédula de habitabilidad se tiene que presentar un certificado de habitabilidad suscrito por un técnico competente –un arquitecto o un arquitecto técnico– y visado por el colegio correspondiente, en el cual se exprese que la vivienda tiene las condiciones que exige la normativa. Hay que tener en cuenta que el decreto sobre las condiciones de habitabilidad de las viviendas dice que el plazo para notificar el otorgamiento o la denegación de la cédula de habitabilidad es de 30 días desde la fecha de recepción en el registro de la solicitud con la documentación completa.
A raíz de estos hechos, de manera inmediata el Departamento examinó todos los expedientes de cédulas de viviendas usadas del periodo comprendido entre en el 2000 y en el 2009 que se habían resuelto el mismo día, como en el caso de la denunciante, o el día siguiente de su solicitud. Con la investigación, se revisaron miles de expedientes y se concluyó que las actuaciones irregulares consistían en la emisión de certificaciones técnicas de habitabilidad y las correspondientes cédulas sin una comprobación previa del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa y efectuando cobros irregulares. Se contabilizaron 360 cédulas otorgadas.
El Departamento explicó en su momento que los indicios apuntaban al hecho de que esta actuación era posible por la connivencia entre un arquitecto y un funcionario de los servicios territoriales de Vivienda. La revisión de los expedientes permitió detectar también que otros funcionarios de los servicios territoriales habían firmado como técnicos privados certificados de habitabilidad que se habían utilizado en expedientes de concesión de cédulas de habitabilidad en que estos técnicos intervenían también como funcionarios públicos, es decir, a los técnicos actuaban al mismo tiempo como funcionarios y como arquitectos privados.