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Un juez de Tarragona otorga la pensión de viudedad a una víctima de maltrato sin exigirle más pruebas

El TSJC consideró insuficientemente probado que la mujer fuera víctima de insultos y amenazas

Imagen de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.

Un juez de Tarragona otorga la pensión de viudedad a una víctima de maltrato sin exigirle más pruebasACN

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El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la pensión de viudedad que un juez concedió a una víctima de violencia machista, sin exigirle pruebas adicionales, más allá de la testigo que declaró en el juicio y de una denuncia que la mujer presentó por daños en su coche atribuidos a su exmarido.

En su sentencia, el Supremo revoca la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que anuló la pensión de viudedad que se concedió a la mujer, representada ante los tribunales por el bufete de abogados Colectivo Ronda.

Un juez del social de Tarragona había otorgado la pensión de viudedad a la mujer, de acuerdo con un artículo de la Ley de Seguridad Social que establece que las víctimas de violencia machista tienen derecho a percibirla, a pesar de estar separadas de su cónyuge en el momento de la defunción y no reunir las condiciones para cobrarla.

Para acreditar los insultos y amenazas que la mujer dijo haber sido víctima por parte de su exmarido, el juez del social consideró suficiente la declaración de una testigo y la denuncia por daños en su vehículo que presentó la mujer, una vez ya separada, ante la Policía Local, en la que aseguró que sospechaba que el causante era su exmarido dado que lo había amenazado de muerte en anteriores ocasiones.

A raíz de un recurso de la Seguridad Social, el TSJC consideró insuficientemente probado que la mujer fuera víctima de insultos y amenazas, pero el Supremo corrige ahora al tribunal catalán y establece que no tiene que entrar a valorar los indicios y pruebas que sirvieron al juez del social para conceder la pensión, sin que haya una solicitud expresa en este sentido.

La sentencia del Supremo, que crea jurisprudencia, desestima así el recurso que el Instituto de la Seguridad Social había presentado contra la concesión de la pensión de viudedad.

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