Judicial
El AN suspende las reclamaciones de los bancos a los pacientes de iDental afectados
El magistrado De la Mata requiere a las entidades de crédito que retiren de los registros de morosos a los clientes que han dejado de pagar los préstamos
En ocasiones, la clínica dental presentaba a los clientes presupuestos con costes «excesivamente elevados». Como el cliente no aceptaba, el presupuesto se rebajaba considerablemente mediante técnicas «muy agresivas de marketing» con supuestas subvenciones. Una vez empezada la asistencia, en la primera cita, la clínica cambiaba unilateralmente las condiciones del tratamiento y subía el presupuesto. El cliente intentaba anular el contrato, pero era imposible porque iDental, con «continuas evasivas» no le facilitaba la documentación que la entidad de crédito le pedía.
Además, las clínicas también anulaban o aplazaban muchas citas con los pacientes, con disculpas de todo tipo, o incluso con un inicio de tratamiento denunciado por mala praxis, como materiales de mala calidad. Con eso, conseguían que venciera el periodo marcado para rechazar el tratamiento y el crédito. Los pacientes también se quejaban de la alta rotación del personal, plantillas no cualificadas o sin experiencia, tratamientos inadecuados y criterios dispares, además de amenazas y coacciones por parte del departamento de calidad de iDental a los denunciantes.
En su escrito, el juez establece un patrón mayoritario que aplica a las decenas de clínicas de iDental, a los centenares de odontólogos y comerciales y a las decenas de miles de pacientes/clientes afectados. Según él, los clientes firmaban créditos al consumo para pagar los servicios dentales, iDental cobraba de los bancos el importe total, pero los servicios dentales o no se prestaban, o quedaban interrumpidos o se prestaban con mala praxis e incluso provocante lesiones. No obstante, iDental no solicitaba a los bancos que dejaran de cobrar los créditos y tampoco devolvían los importes ya pagados por los clientes.
De la Mata recuerda que la legislación protege al consumidor, ya que considera nula cualquier cláusula de los contratos de crédito que libere de responsabilidad el acreedor en caso de incumplimiento del proveedor de los servicios vinculados, y la Agencia Española de consumo recordó a los bancos que tenían que dejar de cobrar los préstamos a los clientes de iDental.
Por todo eso, el magistrado ha acordado, como medida cautelar, la suspensión de las reclamaciones judiciales o extrajudiciales formuladas por las entidades financieras contra los clientes de iDental, excepto si han pactado soluciones extraprocesales, y requiere a la decena de entidades financieras que cesen las reclamaciones y no incluyan a los pacientes que han dejado de pagar los créditos en listas de morosos.
De esta manera, bancos y clientes pueden acordar que la interrupción del servicio cancele las obligaciones contractuales, la cancelación o devolución de los créditos como consecuencia de la evaluación por parte de uno tercero de la parte de tratamiento no prestada, o la continuación del tratamiento en otras clínicas proporcionadas por las entidades financieras.