Diari Més

Laboral

El Supremo amplía la cobertura de Fogasa en la extinción de los contratos

La tarraconense Rosa Maria Virolés es la jueza ponente de esta sentencia pionera

La tarragonina Rosa Maria Virolés, en una imatge d'arxiu.

El Supremo amplía la cobertura de Fogasa en la extinción de los contratosUIJ

Publicado por

Creado:

Actualizado:

Fogasa, el organismo del Ministerio de Trabajo que garantiza a los trabajadores la percepción de salarios y las indemnizaciones, tendrá que cubrir también aquellas indemnizaciones en los casos en que el trabajador se marche de la empresa a causa de un traslado geográfico que no esté justificado. Es lo que dice una sentencia de la Sala del Social del Tribunal Supremo del pasado 8 de enero en la que ha sido poniente la jueza de Tarragona Rosa María Virolés. El Supremo ordena que el trabajador cobre la indemnización en casos de contratos extinguidos a consecuencia de una modificación de condiciones del contrato.

En el caso concreto que ocupa la sentencia, la empresa Inalco Aluminios S.L de La Riola había trasladado de puesto de trabajo a uno de sus trabajadores. El hombre rescindió el contrato voluntariamente y reclamaba a la empresa 12.581 euros como indemnización. La empresa se encontraba en concurso de acreedores. Como consecuencia, era Fogasa la encargada de pagar esta cantidad, a causa de la insolvencia económica de la empresa.

En 2016, el organismo autónomo adscrito a Trabajo le denegó su petición. Un Juzgado de lo Social de aquella comunidad autónoma había fallado en contra del trabajador, pero una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja de 2017 le dio la razón. Ahora, el Supremo ratifica esta decisión en contra de Fogasa y en beneficio del afectado.

«Aplicamos la doctrina pujante del Tribunal de Justicia Europea», explicaba ayer Virolés a este diario. «Esta doctrina viene a decir que dentro del concepto de despido también se tienen que incluir estas situaciones», subraya la magistrada del alto Tribunal. La sentencia firmada por Virolés asentará jurisprudencia a partir de ahora en beneficio de trabajadores que se puedan encontrar en la misma situación. La jueza explica que la doctrina europea permite que Fogasa se haga cargo de una indemnización.

La doctrina permite que Fogasa responda sobre una indemnización que el empresario no se ha hecho cargo. «Dentro del despido se tiene que incluir la extinción a la que da lugar la modificación sustancial de las condiciones del contrato», explica Virolés. En este caso, esta modificación es el traslado geográfico del trabajador que la justicia consideraba como injustificado. Sin esta sentencia, en futuros casos similares el trabajador en cuestión se quedaría sin cobrar la indemnización a la que, a partir de ahora, tendrá derecho.

tracking