Estado de Alarma
El Estado de Alarma puede afectar al régimen de visitas y custodias compartidas
Los juzgados de Tarragona mantienen un criterio diferente a lo que se acordó en Barcelona el 23 de marzo, en caso de conflicto entre los progenitores
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ha dejado muchos temas suspendidos sin concretar cuál es la manera correcta de actuar. Uno de estos temas, especialmente sensible porque hace referencia a la situación de los niños, es como gestionar las custodias compartidas donde los hijos tienen que trasladarse de manera habitual de una casa a otra para poder estar con sus dos progenitores.
De hecho, esta situación generó muchas dudas y malestar entre las familias afectadas para entender cómo tenían que establecer las visitas o los traslados. Ante la polémica levantada, fue el pasado 18 de marzo cuando los Juzgados de Familia de Barcelona se pronunciaron con el fin de unificar criterios y establecieron que, en todo caso, los padres tienen que llegar a posibles acuerdos beneficiosos para el menor, dada la situación de excepcionalidad y respondiendo a criterios de prevención de la salud.
El punto más polémico llega cuando los jueces concluyeron que, en caso de que los padres no lleguen a un acuerdo, los niños se quedarían con el progenitor que tiene su custodia (si hay uno de los dos que la tiene en exclusiva) y se paralizaría el régimen de visitas del otro padre. Y en los casos de custodia compartida, el niño permanecería con aquel padre que ostentaba a la guarda en el momento en que se decretó el Estado de Alarma. Es decir, con el progenitor donde estuviera el niño en el momento que se declaró el confinamiento. Los juzgados de Tarragona y Reus se adhirieron a este criterio. La presidenta de la Sección de Derecho de Familia del Colegio de Abogados de Tarragona, Anna Casas, explica que «los abogados encontramos injusto este acuerdo, no encontramos que sea bueno suspender las visitas, y decidir que quien tenía a los niños en aquel momento se los tenga que quedar, es como una lotería. No tiene sentido».
El pasado 23 de marzo y al constatar que esta situación se prolongaría, los juzgados de Barcelona cambiaron el criterio y realizaron un segundo acuerdo donde se decidía no suspender el régimen de visitas y, por lo tanto, no anular la custodia compartida en caso de que no hubiera un pacto entre los padres. Anna Casas afirma que «los abogados esperábamos que Tarragona y Reus también se adhirieran a este nuevo cambio de criterio pero no se ha hecho y todavía estamos esperando a que se pronuncien los jugados de familia de la provincia a un acuerdo que encontramos más justo».
Los abogados tarraconenses trabajan para alcanzar el acuerdo entre la pareja para evitar tener que aplicar esta directriz. «Intentamos conseguir llegar a un pacto, aplicando el sentido común, analizando cada caso, por ejemplo si uno de los padres trabaja en el sector sanitario e implica un riesgo para el menor» dice Casas. Las situaciones son tan diversas como las circunstancias de cada persona.
La abogada Mónica Bobis del despacho Lando i Bobis destaca también la importancia de poder llegar a acuerdos «he tenido un caso de una pareja en la cual el padre quería seguir manteniendo el régimen de visitas pero no se han puesto de acuerdo y al final él, según el criterio de la provincia, se ha quedado sin poder ver a los niños, en cambio en otro caso, la pareja ha llegado a un acuerdo y no han tenido ningún problema», explica. Los jueces también hacían referencia al hecho de que si existe una «causa de bastante mayor» como un riesgo para los menores, la custodia quedaría suspendida de manera provisional. La abogada Manuela Perea de Zapater y Perea Advocats apunta que «en la práctica teníamos problemas en la interpretación sobre la cual está una «causa justificada, no es nuestra función valorarlo» pero destaca que «gracias a la mediación hemos conseguido que los padres lleguen a acuerdos, primando siempre los intereses de los niños.»