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El jurado popular declara culpables por unanimidad a los dos acusados de matar al cuñado en Montmell

La fiscalía y la acusación particular piden penas de hasta 18 años de cárcel

Plano abierto de los tres acusados durante el juicio.

Las antenas de telefonía situaron a la víctima y los acusados en el Montmell la tarde del crimenACN

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El jurado popular ha declarado culpables por unanimidad a los dos acusados de matar al cuñado en el Montmell, en agosto del 2017, a raíz de un conflicto por una plantación de marihuana. Durante la lectura del veredicto este miércoles en la Audiencia de Tarragona, el tribunal ha considerado probado que Joaquín y Bacari Junior prepararon una «emboscada» a Diego, lo mataron y ocultaron el cadáver. Además, han considerado probado que Bacari Junior, con la ayuda de una segunda persona que no se ha podido identificar, incendió la furgoneta de la víctima para destruir pruebas. El jurado ha subrayado que Diego no desapareció voluntariamente y que los acusados actuaron con superioridad y «cierta premeditación». Fiscalía y acusación piden hasta 18 años de cárcel.
A pesar de la complejidad de deliberar sobre un crimen sin cadáver, los nueve miembros del jurado popular no han tenido dudas a la hora de determinar la culpabilidad de los dos acusados. Según el veredicto, el 14 de agosto del 2017 Joaquín y Bacari Junior se trasladaron al Montmell con la intención de «encontrar y atacar» a la víctima, Diego. La agresión, según han dicho, se produjo dentro o fuera de la casa de la calle de La Haya del Mirador del Penedès, donde Joaquín y la víctima habían tenido una plantación de marihuana por la cual habían acabado enemistados.

El jurado popular ha basado el veredicto en los informes de tarificación que situaban los teléfonos móviles de los dos acusados y el de la víctima «bajo la misma zona, lugar, fecha y hora», así como en la declaración de la mujer de Diego y hermana de los dos acusados, la cual confirmó que tenían mala relación. También, en el hecho de que Joaquín admitiera que la tarde del crimen fue a la casa del Montmell –aunque justificó que fue a tomar medidas de puertas y ventanas, pero que no llegó a coincidir con la víctima.

El tribunal también ha tenido en cuenta las notas de voz y mensajes de Whatsapp que Bacari Junior envió a su pareja, en las cuales manifestaba abiertamente que quería matar al cuñado y que se desplazaba con su hermano Joaquín a Tarragona. Además, en el veredicto también han señalado el hallazgo de ADN de la víctima dentro de la casa y la voluntad de destruir pruebas quemando la furgoneta.

En este sentido, el jurado no ha podido acreditar la participación de Joaquín en la quema de la furgoneta, dado que sólo el teléfono de Bacari Junior se situó en una zona próxima a la pista de Sant Cugat Sescarrigues donde apareció calcinada el 15 de agosto de 2017. Sin embargo, el jurado ha manifestado que Bacari Junior «necesitó la ayuda de otra persona sin que se haya probado su identidad».

El jurado popular no ha incorporado las tesis de la defensa según las cuales Diego podría haber huido sin dejar rastro posiblemente por problemas de deudas o asuntos pendientes por el negocio de la marihuana. El jurado ha concluido que la víctima no desapareció voluntariamente porque, entre otros, se marchó de casa a toda prisa con un bate de béisbol con la intención de pelearse, sin documentación ni sus pertenencias, y que no ha vuelto a contactar con amigos ni familiares.

En el veredicto, los nueve miembros del jurado han apuntado que la posible legítima defensa de los acusados queda descartada por el hecho de que no se ha encontrado el cadáver. Además, han señalado que se produjo una pelea «de dos contra uno» que limitó «sensiblemente» la capacidad de defensa de Diego y que, en base a los indicios aportados durante el juicio, han observado «cierta premeditación» en los hechos por parte de los acusados.

Penas de hasta 18 años de cárcel

Una vez hecha la lectura del veredicto el magistrado-presidente ha disuelto al jurado y ha dado voz a las partes. La fiscalía ha solicitado 15 años de cárcel para cada uno de los acusados por un delito de homicidio con el agravante de abuso de superioridad y, en el caso de Bacari Junior, una pena adicional de 3 años de cárcel por un delito de daños por incendio por la quema de la furgoneta.

El fiscal ha defendido la necesidad de aplicar la pena máxima prevista para estos delitos porque el crimen respondió a «una actuación preparada» y los acusados hicieron todo lo posible, ha dicho, para reducir las pruebas: ocultar el cadáver, calcinar el vehículo y hacer desaparecer el teléfono móvil del fallecido. La acusación particular se ha adherido a la petición de la fiscalía.

Por su parte, la defensa ha opinado que no hay nada «con especial énfasis incriminatorio» en el veredicto que determine la necesidad de aplicar ningún agravante al delito de homicidio, por lo cual ha solicitado 12,5 años por homicidio. Respecto del delito de daños por incendio, también ha pedido la pena mínima. El juicio ha quedado visto para sentencia.

Este ha sido el tercer juicio por homicidio sin cadáver que se celebra los últimos años en la Audiencia de Tarragona. El primero fue contra Ramon Laso, condenado en 2014 por matar a la mujer y el cuñado por un móvil pasional, y segundo contra el agente inmobiliario Ramon Franch, sentenciado el 2017 por la muerte de una vecina de los Pallaresos por motivos económicos.

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