Convivencia
Tarragona puede multar con 300 euros poner una lavadora de madrugada
Utilizar electrodomésticos que molesten a los vecinos entre las 22 y las 8 horas puede incumplir las ordenanzas de muchos municipios
Poner una lavadora o utilizar electrodomésticos de madrugada, la franja más barata entre semana con la entrada en vigor de la nueva tarifa de la luz, puede ser sancionado con 300 euros en la ciudad de Tarragona, siempre que esta actividad cause molestias a los vecinos. Así lo establece la Ordenanza de Convivencia municipal, en el artículo 143, que si bien no habla concretamente de electrodomésticos sí que señala que no está permitida, en general, «la realización de cualquier actividad que provoque molestias al vecindario por causa del ruido», que es considerada como falta grave.
Eso tiene especial interés con los nuevos precios de la electricidad, que se dividen en tres franjas horarias, y que funcionan desde el pasado día 1 de junio. El periodo de hora punta, con un coste más elevado, está comprendido entre las 10 y las dos del 14 horas y las 18 y las 22 de la noche. El segundo tramo, con coste medio, se sitúa entre las 8 y las 10 horas de la mañana, las 14 y las 18 horas de la tarde y las 22 y las 00 horas. La tarifa valle, la más barata, se da entre medianoche y las 8 de la mañana y se aplica también durante todas las horas de los fines de semana y festivos. Es por este motivo que, entre semana, muchas personas pueden pensar que la mejor opción es utilizar los electrodomésticos entre las 00.00 y las 8 horas, de madrugada, pero hay que tener en cuenta que, si estos provocan un fuerte ruido que pueda molestar a los vecinos, pueden comportar una sanción económica.
Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), «el nivel de ruido durante el ciclo de lavado se sitúa entre 46 dB, en el mejor de los casos, y 57 dB, en el peor. Con respecto al centrifugado, este puede oscilar entre 58-70,5 dB». Partiendo de estas cifras, hay que tener en cuenta que en el caso concreto de Tarragona no está permitido llevar a cabo cualquier actividad que supere los 30 dB entre las 22 y las 8 horas de la mañana. Es probable que aquellas viviendas que tengan la lavadora en el interior del domicilio no molesten al resto de vecinos, pero hay que destacar que en verano mucha gente duerme con las ventanas abiertas y las personas que tengan la lavadora en un patio interior o en un balcón tienen más probabilidades de perturbar el descanso del resto de vecinos.
Con todo, fuentes municipales aseguraban a DiariMés que, de la misma manera que en los casos que se causan molestias de madrugada por otras actividades, como fiestas, gritos o por parte de algún animal doméstico, el procedimiento que sigue a la Guardia Urbana es desplazarse hasta el domicilio y comprobar que aquel ruido supera el límite permitido, y una vez confirmado, se hace una mediación con el fin de cesar las molestias. Es en caso de que estas sean reiteradas que los agentes interpondrán una sanción a quien incumpla la normativa.
Así, son muchos los municipios que establecen en sus ordenanzas de civismo y convivencia los límites de ruido permitidos en viviendas en las diferentes franjas horarias del día. En este sentido, pueblos y ciudades como Reus, Cambrils, Torredembarra y Valls, entre otros, también indican en sus reglamentos que de madrugada no se pueden sobrepasar ciertos umbrales de decibelios para garantizar el correcto descanso del resto de vecinos.