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El exdirector de la Ciudad Residencial de Tarragona, condenado a dos años y medio de prisión por malversación

Miquel Gubert elude el juicio con un acuerdo de conformidad por unos hechos que se remontan entre el 2005 y el 2007

Imagen de archivo del acceso a la antigua Ciudad Residencial de tarragona.

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El exdirector de la Ciudad Residencial de Tarragona, Miquel Gubert, ha sido condenado a dos años y medio de prisión por cuatro delitos: malversación, falsedad documental, infidelidad en la custodia de documentos, y actividades o negociaciones prohibidas. Inicialmente se enfrentaba a diez años de prisión, una pena que se ha visto reducida por acuerdo de conformidad. Gubert ha eludido el juicio aceptante esta condena, así como inhabilitación absoluta por dos años y tendrá que pagar multas que no llegan a los 1.000 euros, según la sentencia en la cual ha tenido acceso a la ACN. Gubert había celebrado su banquete nupcial. Su mujer y un socio también estaban encausados. Tendrán que indemnizar a la Generalitat, propietaria del complejo, con cerca de 80.000 euros.

Miquel Gubert dirigió el antiguo complejo turístico del 2000 al 2007. Durante este periodo, el acusado llevó a cabo una gestión supuestamente fraudulenta «con el propósito de obtener una ventaja patrimonial injusta en perjuicio de la Generalitat», según recoge la sentencia de conformidad, como hechos probados.

El exdirector montó un banquete nupcial con 200 invitados a expensas de la Generalitat, en más de apropiarse de un bloque de apartamentos para uso privado y de ofrecer ofertas de estancias, a precios más bajos respecto de los oficiales de la Generalitat, a través de dos sociedades con la complicidad de la mujer y un socio.

«Facturaba por debajo de los precios oficiales publicados anualmente durante el periodo de 2003 a 2006 en la empresa Limonium SCP -en manos del socio-, y durante el 2007 a Allegro&Divertimento controlada por su mujer», recoge la sentencia.

Como administradores de estas sociedades, se les condena por tráfico de influencias a pagar unas multas 9.270 euros y 2.270 euros respectivamente, cuando inicialmente se enfrentaban a 7 meses de prisión y 15.000 euros de multa.

Dilaciones indebidas y reparación del daño como atenuantes

Con la conformidad, ha habido una rebaja considerable de las penas inicialmente pedidas por Fiscalia, que ha tenido en cuenta dilaciones indebidas y reparación del daño como atenuantes. Gubert fue despedido en el 2007 y años más tarde cerraron el recinto.

La Generalitat, de su lado, ha aceptado los 80.000 euros -también cifra inferior a la inicial, de 150.000 euros- que han abonado a los acusados con la finalidad de reparar los perjuicios causados. Después de la conformidad de las partes, la sentencia ya es firme de 'viva voce'.

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