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¿Cómo reparar a las víctimas del pistolero de Tarragona?

La legislación establece que la muerte del acusado o condenado supone el cierre del procedimiento penal

La masía de Riudoms donde se había atrincherado el autor del tiroteo en Tarragona.

La masía de Riudoms donde se había atrincherado el autor del tiroteo en Tarragona.ACN

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Después de intentar sin éxito paralizar la aplicación de la eutanasia al exvigilante de seguridad Eugen Sabau, conocido como el pistolero de Tarragona, porque no había podido ser juzgado, a las víctimas sólo les queda la vía administrativa o civil para conseguir una compensación económica por los daños ocasionados.

La legislación española establece que la muerte del acusado o condenado supone la extinción de la acción o la responsabilidad penal, es decir, se da carpetazo al procedimiento penal.

El abogado de los Mossos intentó a última hora, sin éxito, paralizar la eutanasia mediante una demanda con medidas cautelares ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), una vez la Audiencia de Tarragona y el Tribunal Constitucional rechazaron su pretensión de que quedara sin efecto el aval a la muerte asistida.

El martes se le aplicó la muerte asistida en el Consorcio Sanitario de Terrassa (Vallès Occidental), donde estaba ingresado en el módulo penitenciario, a causa de la lesión medular irreversible que sufrió al ser neutralizado después de atrincherarse después de su ataque.

Extinguida la responsabilidad penal, sólo quedan la vías administrativa y civil para que las víctimas obtengan algún tipo de compensación económica por lo sucedido, más factible en el caso de los agentes y más complicada para sus excompañeros de trabajo.

La vía administrativa del mosso

Como ha explicado a Efe el abogado José Antonio Bitos, que representa al mosso herido de bala en nombre del sindicato USPAC, el agente recurrirá a la vía administrativa, donde considera que tiene garantizada una indemnización sobre la base de una sentencia del Supremo.

En una resolución del 2020, el alto tribunal fijó doctrina señalando que cualquier policía que sufra lesiones en acto de servicio y no pueda ser indemnizado por defunción del acusado, corresponde a la administración de la que depende abonar esta indemnización, en este caso la Generalitat de Catalunya.

Fuentes jurídicas consultadas por Efe señalan que la Generalitat está constituida en garante y obligada a poner todos los medios para evitar daños, por lo que no tendría que haber ningún problema para una reclamación, todavía más cuando la Consejería de Interior tiene concertado un seguro de accidentes para sus funcionarios policiales.

El letrado está a la espera de que el juzgado decrete el archivo para iniciar un procedimiento administrativo ante la consejería alegando que el mosso sufrió lesiones en acto de servicio y, en caso de que este organismo lo deniegue o no resuelva en tres meses, ya interpondrá un recurso contencioso administrativo ante un juzgado.

Una herencia envenenada

Más complicado parece el panorama para los excompañeros del muerto. Para ellos, la única vía sería la civil, bien contra los hipotéticos herederos de Sabau o contra la empresa de seguridad.

En el primer caso, el letrado asegura que eso es muy improbable porque antes sus herederos tendrían que aceptar la herencia de Sabau y responder si fuera necesario con su patrimonio personal de las deudas del muerto y «nadie responderá con su casa sobre esta persona», que ya dijo que no tenía bienes.

Ahora bien, siempre se puede interponer una demanda contra la herencia yacente o ignorados herederos cuando no se conocen quién son, pero incluso así el Estado no tiene ninguna vía para resarcir, ni siquiera de forma subsidiaria. «Difícilmente podrían cobrar, es una posibilidad muy remota», subrayan las fuentes.

Demanda contra la empresa de seguridad

Otra posibilidad es ir contra la empresa de seguridad, de manera que habría que examinar si la compañía tiene alguna póliza que cubra los daños causados a sus empleados en caso de incidente.

Si no fuera así, les quedaría interponer una reclamación patrimonial contra la empresa por no adoptar todas las medidas exigibles para evitar que alguien pudiera entrar de manera sorprendente, precisan las fuentes.

Es decir, ir contra la compañía por alguna omisión en algún protocolo de seguridad incidiendo en la facilidad que tuvo el investigado para acceder a la oficina, pero aun así el asunto es complejo, detallan las fuentes.

La opción de Europa

Aunque la vía penal está agotada en España, el letrado espera ahora que la demanda que interpuso ante el TEDH salga adelante y se dicte una sentencia que sienta jurisprudencia en toda Europa y que ponga límites al derecho a la muerte digna en casos como este.

Aunque el objetivo final es que se reconozca que España ha vulnerado el derecho fundamental de las víctimas en un juicio justo y se condene España a resarcir a las víctimas, pero sólo a los mossos, ya que los excompañeros del muerto no han alegado vulnerabilidad ni seguido el tramite correcto para ir a Europa.

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