Judicial
Condenado a un año de prisión por un delito de abuso sexual a una menor en Tarragona
La Fiscalía solicitaba una pena de cuatro años, pero el juez acepta dos atenuantes de la defensa
La Audiencia de Tarragona ha condenado a un joven a un año de prisión por un delito de abuso sexual a una menor. Los hechos se remontan a diciembre de 2018, cuando la víctima, que se encontraba con un amigo en Tarragona, sufrió tocamientos por parte del condenado. Cuando pasaron los hechos, la chica tenía quince años y residía en un centro de acogida. El juez también ha impuesto al joven cinco años de libertad vigilada y una indemnización de 1.500 euros de responsabilidad civil. La Fiscalía pedía cuatro años de prisión, pero el magistrado ha aceptado los atenuantes de dilaciones indebidas y de alteración psíquica propuestos por la defensa. «Consideramos adecuado imponer una pena inferior en un grado del límite mínimo de la pena dispuesta legalmente», justifica la resolución.
En la sentencia a la que ha tenido acceso ACN, el juez considera que ha quedado probado que la víctima sufrió tocamientos en los pechos y en el culo por parte del condenado cuando se encontraba con un amigo en el paseo de Sant Antoni de Tarragona. Según el auto, el joven, también acompañado de un grupo de amigos, cogió por el cuello a la menor y le hizo tocamientos, aunque ella se negó e intentó apartarlo. «No pudo porque él era mucho más fuerte que ella», detalla el escrito. El primer episodio de abuso se alargó más de veinte minutos. La víctima volvió a sufrir los abusos cuando se pudo marchar hacia el centro de acogida donde residía. Una vez allí, explicó los hechos a una educadora que le propuso presentar una denuncia.
Al mismo tiempo, el magistrado también ha considerado acreditado que el chico había ingerido bebidas alcohólicas y fumado sustancias estupefacientes que afectaron a sus capacidades. También ha tenido en cuenta el informe médico que certifica que el acusado tiene diagnosticado un trastorno de personalidad. De hecho, el juez ha aceptado dos de los tres atenuantes solicitados por la defensa. En concreto, el atenuante de alteración psíquica por lo que se ha manifestado anteriormente y el de dilaciones indebidas por los dos años y seis meses de paralización del proceso.
La sentencia, dictada el 24 de noviembre de este año y notificada el miércoles pasado, ha aplicado la nueva ley de libertad sexual, conocida como «sólo sí es sí», la cual establece que los actos de carácter sexual con una menor de dieciséis años serán castigados con una pena de dos a seis años. «La única modificación existente es la calificación del delito de abuso, pero la punibilidad de las penas es la misma», señala el auto.
Por el delito de abuso sexual, el juez ha dictado una pena de un año, cinco años de libertad vigilada y tres de inhabilitación para trabajar con menores. También ha impuesto al condenado la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la víctima durante un periodo de cinco años y una indemnización de 1.500 euros de responsabilidad civil, así como el pago de los costes procesales.