Diari Més

Limpieza

El Ayuntamiento de Tarragona ratificará en el juzgado la multa de 60.101 euros a FCC del 2019

La empresa presentó un recurso contra la sanción por llevar residuos no adecuados a la incineradora

Imatge d'arxiu de la deixalleria municipal de Tarragona.

El Ayuntamiento de Tarragona ratificará en el juzgado la multa de 60.101 euros a FCC del 2019Gerard Martí

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El Ayuntamiento ratificará este mes ante el juez la sanción interpuesta en el 2019 a FCC por llevar residuos no adecuados de la desechería a la incineradora. La empresa adjudicataria del contrato de la limpieza, después de recibir la multa, envió alegaciones que se desestimaron. Delante de este escenario, presentó un recurso al tribunal contencioso administrativo. Así pues, el consistorio tendrá que defender las pruebas que supusieron una sanción de 60.101 euros. Ahora, el procedimiento llega a la fase de práctica de prueba y pronto el juzgado fijará la fecha para que declaren los testigos y los peritos. Posteriormente, se llegaría a la fase de conclusiones escritas, previa a la sentencia, que llegaría, en el mejor de los casos, a finales de 2023.

Los hechos expuestos por el Ayuntamiento ocurrieron en febrero del 2019, cuando un camión de FCC, del servicio de recogida de resto comercial, recogió el contenido de diez contenedores de la desechería y los descargó en las instalaciones del Servicio de Incineración de Residuos Urbanos S. A. (SIRUSA). Según se lee en la carta enviada por SIRUSA, había colchones, pinturas y madera, entre otros materiales.

El Ayuntamiento, ante la incorrecta valorización de residuos, consideró que se había producido «una infracción muy grave del contrato», según figura en el informe correspondiente. «Por la naturaleza del servicio de recogida de resto comercial, este vehículo sólo tiene que recoger las bolsas de desechos de los polígonos industriales y los contenedores de carga posterior a algunos grandes productores de la ciudad. En ningún caso tiene que entrar en la desechería municipal», se indica.

La administración local considera que los hechos supusieron un perjuicio económico por tener que pagar la incineración de más residuos y por no poder aumentar el porcentaje de recogida selectiva, así como de contaminación ambiental. Sin embargo, el Ayuntamiento interpuso la sanción más baja por ser la primera infracción detectada de este tipo. Las pruebas de defensa son el seguimiento con GPS, la grabación de las cámaras de SIRUSA y varias fotografías.

Por su parte, FCC, en el documento de alegaciones apuntaba que la valorización se había hecho correctamente y que la interpretación contractual por parte de la administración era errónea.

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