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Un juzgado de Tarragona deja a punto el juicio la donación de la vivienda de Rosa Peral a su padre

Fiscalía y la acusación particular acusan a la exagente de no querer pagar la indemnización a la familia de Pedro Rodríguez

Imatge de l'acusada Rosa Peral en la sessió del judici del 16 de març del 2020.

Imagen de la acusada Rosa Peral en la sesión del juicio del 16 de marzo del 2020.ACN

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El juzgado de instrucción número 5 de Tarragona deja a punto de juicio el caso de la donación de la mitad de la casa de Rosa Peral, que compartía con su exmarido en Vilanova i la Geltrú, a su padre. En la resolución judicial que ha adelantado el Periodico y ha confirmado el TSJC, la titular de instrucción considera que los hechos son constitutivos de un delito de insolvencia punible. Por eso, ha dictado que procede la apertura del juicio oral contra los investigados.

Fiscalía y la acusación particular afirman que la exagente de la Guardia Urbana hizo el cambio de titularidad para evitar pagar la indemnización a la familia de Pedro Rodríguez. Con la demanda por alzamiento de bienes, la familia de la víctima aspirar a obtener unos 50.000 euros.

Esta cantidad es aproximadamente la mitad del valor de la parte del inmueble que tenía Peral. La otra mitad de su parte está hipotecada. Ahora, el ministerio público y la acusación particular tienen diez días para pedir la apertura del juicio, para presentar el escrito de acusación o excepcionalmente solicitar la práctica de diligencias complementarias. Las partes también pueden interponer un recurso de reforma o de apelación contra la resolución del juzgado de instrucción de Tarragona y tienen un plazo de entre tres a cinco días.

«Voluntad de dificultar los embargos»

En la resolución, la titular del enjuiciado número 5 de Tarragona recuerda que la Audiencia Provincial de Barcelona condenó Rosa Peral i Albert López por un delito de asesinato apenas de prisión de 25 y 22 años, respectivamente, así como a pagar de forma conjunta y solidaria, una indemnización a los familiares de Pedro Rodríguez de 885.000 euros. Dictó sentencia el 14 de abril de 2020.

En la interlocutoria, que fecha de 14 de junio de 2024, la jueza de instrucción también señala que Rosa Peral y su padre eran «conocedores» de la sentencia condenatoria y del pronunciamiento sobre la responsabilidad civil el 2 de febrero de 2021. Aun así, indica que con la «voluntad de dificultar» los embargos acordados y su ejecución, Peral dio a su padre su vehículo, el cual vendió el 26 de septiembre de 2022.

También se indica que paro e hija actuaron con la misma «voluntad de dificultar los embargos» con la donación de la mitad del inmueble de Vilanova i la Geltrú, con la aceptación el 17 de junio de 2021 por parte de su padre de la propiedad, dos meses antes de la resolución del Tribunal Supremo, que confirmaba la sentencia de la Audiencia de Barcelona.

De hecho, la instructora cita la sentencia del 3 de septiembre de 2021 del Supremo. Después de esta resolución, el 15 de octubre del mismo año, la Audiencia barcelonesa requirió el pago de los 885.000 euros. «La acusación particular solicitó por escrito el 13 de diciembre de 2021 que se anotara en el Registro de la Propiedad el embargo sobre la titularidad del 50% del inmueble de Vilanova i la Geltrú; del vehículo y de una motocicleta. Con todo, resultó infructuoso porque estos bienes ya no constaban a nombre de Rosa Peral», resume la interlocutoria.

Así mismo, la titular de instrucción subraya que Rosa Peral solo ha pagado 1.655,92 euros de responsabilidad civil hasta la fecha de 21 de febrero de 2024. También dice que el otro condenado, Albert López, ha abonado otros 1.675,92 euros. «Rosa Peral no tiene patrimonio o capacidad para afrontar la responsabilidad civil que se le impuso», añade.

Por todo ello, la jueza instructora considera que estos hechos «pueden ser constitutivos de un delito de insolvencia punible», por lo que, «procede a preparar juicio oral contra los investigados».

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