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Sociedad

El arzobispo Planellas aprueba un decreto que limita a los altos cargos de las asociaciones

La nueva norma establece un máximo de ocho años seguidos a las entidades

El decret farà modificar els estatuts a les associacions.

El decreto hará modificar los estatutos a las asociaciones.ACN

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El arzobispo de Tarragona, Joan Planellas, ha publicado esta semana un decreto por el cual se limita los mandatos de los altos cargo de las asociaciones de fieles de la Archidiócesis. Con respecto a la Junta Directiva de las asociaciones, el presidente, el subpresidente, el secretario y el tesorero serán elegidos por un periodo de cuatro años, y podrán volver a ser elegidos por un cuadrienio consecutivo–, en total ocho años seguidos en el cargo. Pasado un nuevo mandato, podrán volver a ser elegidos.

Esta limitación podrá ser ampliada a un tercer mandato, en el caso de que el secretario, tesorero o vicepresidente pasen a ser presidente. Por su parte, los vocales y consiliarios pueden ser elegidos indefinidamente. A los miembros elegidos en razón del cargo no se les aplica esta limitación de mandatos. El documento ha sido consensuado previamente por las entidades y asociaciones, que tenían la necesidad de adecuar los correspondientes estatutos a la normativa vigente y unificar criterios en la redacción de los mismos, manteniendo cada realidad, su tradición, historia e identidad. Además, el mencionado decreto ha recibido igualmente el visto bueno del Consejo Episcopal, del Secretariado por las Asociaciones de Semana Santa y de los servicios jurídicos del Arzobispado.

El decreto indica que todas las asociaciones canónicas de fieles tienen que modificar sus estatutos de acuerdo con las disposiciones de este decreto en el plazo de un año y presentarlos para la aprobación de la autoridad eclesiástica. También recoge que las asociaciones que necesiten la dispensa de alguna de las disposiciones contenidas en este decreto hace falta que presenten la solicitud motivada de los argumentos por los cuales la pide. Igualmente, las entidades que actualmente consten como asociaciones públicas de fieles en los estatutos actuales, y que sea conveniente que adquieran personalidad jurídica privada, obtendrán la licencia correspondiente una vez ejecutados los trámites eclesiásticos pertinentes. En un primer término, Planellas decidió que estos cambios se hicieran en seis meses. Ahora, se ha apostado para dar más tiempo a las entidades para adaptarse a la norma.

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